El jueves 31 de marzo terminó el plazo para que personas morales pudieran presentar su declaración anual de ingresos. Pero este viernes 1 de abril comenzó el periodo para que las personas físicas con ingresos superiores a los 400 mil pesos lleven a cabo este trámite correspondiente al año 2021.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), tiene el objetivo de reducir los índices de evasión fiscal y de cobrar los impuestos de los contribuyentes con el fin de aportar a la riqueza del país y contribuir al gasto público.
EL trámite consiste en calcular y enterar al SAT acerca del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio por salarios, esto se puede lograr a través de la realización de un reporte donde se registran los ingresos percibidos por un salario y deducciones. Sirve para realizar el cálculo del impuesto anual, presentar en ceros, pagar o solicitar un saldo.
Quienes están obligados a hacerlo son las personas morales, “entidades reconocidas por ley como sujetos de derechos y obligaciones”, creadas por un grupo de personas que se unen con un fin determinado; así como las personas físicas, “individuos que realizan cualquier actividad económica”, de igual manera con derechos y obligaciones (vendedor, empleado, comerciante, profesionista, etc.)
De acuerdo al órgano perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los impuestos son los medios principales por los que el gobierno obtiene ingresos, además de que representan un gran aporte para la economía y gracias a ellos se puede invertir en aspectos prioritarios de nuestro país.
Sin embargo, el no presentarlos siendo una persona tanto física como moral, puede hacerse acreedora a sanciones económicas, es decir, puede ser castigada con multas cuya cantidad varía dependiendo de las faltas que se hayan hecho.
De esta manera, las multas por cada una de las obligaciones no declaradas dentro del plazo correspondiente van de los mil 400 a los 17 mil 370 pesos. Mientras que por cada obligación presentada fuera de plazo o por incumplimiento de requerimientos, se tiene que pagar una sanción que está entre los mil 400 y los 34 mil 730 pesos.
El Código Fiscal de la Federación (CFF) también califica como infracción el que no se declaren los impuestos a través de medios electrónicos e Internet, como lo es la plataforma del SAT. Ante dicho incumplimiento, la autoridad fiscal podrá imponer multas a los contribuyentes que van de los 14 mil 230 pesos, hasta los 28 mil 490 pesos, monto que dependerá de la situación fiscal del contribuyente.
Estas multas deben ser pagadas en tiempo y forma si no se quiere ser acreedor a sanciones adicionales, así como a desventajas por impagos, errores, retrasos y hasta problemas con el historial crediticio.
Debido a que desde algunos años el SAT comparte los datos de deudas fiscales con las Sociedades de Información Crediticia (SIC), las cuales son empresas encargadas de recopilar y gestionar la información del historial crediticio, no realizar de forma correcta la declaración de impuestos anual, puede tener varias consecuencias.
Puede generar una mala calificación en el historial crediticio que se traduce como una grave dificultad para tener acceso a créditos y beneficios, como los créditos hipotecarios. En la misma línea, los bancos pueden ofrecer condiciones poco favorables, tales como tasas de interés más altas al expresar el usuario un comportamiento financiero riesgoso.
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