A mediados de marzo, se aprobó desde el Congreso de la Unión el decreto en el que se modificó la definición del Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, con el único objetivo de que cualquier funcionario público tuviera la capacidad de hablar libremente de la revocación de mandato, aún en veda electoral.
Sin embargo, en sesión privada, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió declarar inaplicable el llamado “decretazo” de Morena sobre la interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental” en la revocación de mandato.
A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se analizó si el Decreto de interpretación era aplicable en virtud de la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato.
Al respecto, concluyeron, en primer lugar, que el decreto de interpretación auténtica es inaplicable para los casos de una revocación de mandato, pues más bien se estableció una excepción a la prohibición de la misma, lo que resulta violatorio a lo que indica la Constitución.
“Asimismo, al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional”, apuntaron los magistrados que votaron a favor.
Además, confirmó que continúan en pie las medidas cautelares de la Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de Morena y otros actores políticos para eliminar de sus redes sociales las publicaciones de apoyo a AMLO.
El Tribunal consideró que las publicaciones del partido de la gobernadora de Campeche son propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido, calificada previamente como aparentemente ilegal por el propio INE.
Lo anterior luego de que el partido Movimiento Ciudadano presentara una denuncia en contra del Movimiento Regeneración Nacional y la gobernadora Layda Sansores por la difusión del documento “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”.
A pesar de las medidas dictadas, desde Morena se hizo frente con una impugnación en la que negaron que se trate de propaganda, y argumentaron que más bien son posicionamientos políticos, mismos que están libres de las reglas de los procesos electorales y pueden difundirse al momento de una.
Al respecto, los magistrados que votaron a favor indicaron que las mencionadas publicaciones sí pueden ser propaganda gubernamental, puesto que los razonamientos planteados en relación con el comunicado ya fueron analizados y desestimados por esta Sala Superior.
El decretazo de Morena
Fue a mediados de marzo cuando diputados aprobaron con 268 votos a favor y 213 en contra, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, presentada por el presidente de la Mesa Directiva, el morenista Sergio Gutiérrez Luna.
El presidente de la Cámara de Diputados señaló que esta iniciativa establece que la propaganda gubernamental debe entenderse como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público.
Sin embargo, los miembros de la oposición advirtieron diversas violaciones a la Ley, además de afirmar que atropella los límites de la propaganda gubernamental, y que “trasgrede el proceso legislativo y el principio de democracia”.
El Senado, por su parte, aprobó el decretó con 67 votos a favor y 25 en contra, mismo que fue publicado en el diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 2022.
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