Desde una enfermedad hasta un embarazo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá otorgar el pago de subsidio por concepto de incapacidad a aquel trabajador que lo solicite, según sea el caso, y si cumple con los requisitos. Por ello, en este espacio detallaremos cuáles son los tipos de incapacidad que existen y cómo solicitarla.
Y es que de acuerdo con el IMSS, la incapacidad se autoriza en caso de que un trabajador se encuentre inhabilitado para trabajar. Sin embargo, el médico del IMSS deberá expedir el certificado correspondiente con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.
¿Cuáles son los tipos de subsidio?
*Riesgo de trabajo
Según el instituto, este tipo de incapacidad no requiere de semanas cotizadas, para poder ser autorizada. El porcentaje del pago deberá ser del 100% y el límite de pago va del primer día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS.
*Enfermedad en general
En este caso sí se necesitarán al menos 4 semanas cotizadas anteriores al inicio de la enfermedad. Si eres trabajador eventual, 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad.
El porcentaje de pago es del 60% del salario registrado ante el IMSS, al inicio de la incapacidad. El límite del desembolso se respetará cuarto día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.
*Maternidad
Se requieren 30 semanas de cotización en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación. Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad, según dicta el Artículo 103 de la Ley del Seguro Social.
Para el certificado único de incapacidad por maternidad, será el 100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la semana 34 de gestación, por el total de días que ampare el documento. Los enlaces se pagarán al 60% del salario indicado y por los días autorizados en cada documento.
¿Cómo solicitar la incapacidad?
Los interesados tendrán que acudir a la ventanilla de su Unidad Médica Familiar que le corresponda y llevar la siguiente documentación:
-Identificación oficial vigente.
-Llevar su Número de Seguridad Social (NSS).
-Otorgar un estado de cuenta bancario, donde se vea reflejada su cuenta CLABE interbancaria y el nombre del asegurado, no mayor a tres meses.
El trámite se puede ejecutar también por medio de la plataforma oficial del IMSS. Aquí.
Una vez ahí, le solicitarán su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y compartirán un estado de cuenta, documento que contenga su NSS, así como una identificación oficial.
Será importante destacar que una vez revisando y cumpliendo con los requisitos presentados, el pago del subsidio deberá ser acreditado al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco autorizado.
En caso de que su empresa tenga el llamado “Convenio de Pago” con el IMSS, entonces el depósito se verá reflejado directamente en tu nómina.
Los trabajadores deberán entregar el original de la “copia - patrón” de su incapacidad en el área de recursos humanos de su empresa.
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