A raíz de los hechos violentos que se registraron el pasado sábado 5 de marzo en el Estadio Corregidora, la Federación Mexicana de Futbol (FMF) implementó el proyecto FAN ID, con el propósito de documentar el registro de los asistentes a los partidos de fútbol de la Liga MX, como parte del protocolo de identificación.
Dicho registro consiste en proporcionar los datos personales del asistente, así como su fotografía y su boleto, incluidos el reconocimiento facial y los datos biométricos para salvaguardar la seguridad de los aficionados.
Sin embargo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) enlistó una serie de recomendaciones para proteger los datos de los aficionados que vayan a los partidos de fútbol, sin afectar la privacidad de los asistentes, en especial la de los niños y niñas.
Sin descartar la importancia de las medidas de seguridad en los estadios, al tratarse de concentraciones masivas, el INAI señaló que se debe garantizar la protección de los datos personales “contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado”.
De acuerdo con el INAI, este protocolo de seguridad debería estar apegado a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), ya que el tratamiento de dichos datos sensibles se deben dar con el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno de los asistentes.
Según lo estipulado en el artículo 6° de dicha Ley, quienes realicen el tratamiento de los datos personales deberán respetar los siguientes principios: licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad.
Respecto al principio de finalidad, se establece que los datos proporcionados sólo podrán ser utilizados conforme al Aviso de Privacidad en el que se menciona el tratamiento al que será sometido su información personal.
En cuanto al principio de proporcionalidad, se refiere a que los datos sólo serán solicitados si son considerados “necesarios, adecuados y relevantes” para los propósitos por los cuales se obtuvieron y deberán recabar el menor número posible de datos personales.
En tanto, el principio de seguridad señala que los responsables del tratamiento de los datos personales deberán mantener las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que garanticen su protección ante un inconveniente, como extravío o alteración.
Aparte del INAI, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) también se pronunció al respecto y envió una misiva a la FMF y a la Liga MX en la que señaló que dicha medida atenta contra la privacidad de los aficionados, además de que el FAN ID no es la solución más óptima para garantizar la seguridad en las gradas y evitar la violencia.
Lo anterior ya que consideran que “la afición es injustificadamente tratada como sospechosa de delincuencia” y compararon dicho protocolo con el de una prisión de máxima seguridad o el de un régimen autoritario. Y es que Mikel Arriola, presidente de la Liga MX, señaló que la información recopilada sería compartida con autoridades de seguridad pública para que se vinculen con la Plataforma México.
En cuanto al reconocimiento facial, advirtieron que el margen de error oscila entre un 92.3% y 95.4%, sobre todo cuando se trata de analizar rostros de personas de tez morena o mujeres, lo cual implica un riesgo de discriminación.
Algunos clubes como Atlas y Santos Laguna ya comenzaron a solicitar la creación del FAN ID para que sus aficionados puedan ingresar a los partidos. De igual manera, la selección mexicana también implementará esta medida para su próximo encuentro el 24 de marzo en el Estadio Azteca.
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