La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los partidos políticos no pueden promover la Revocación de Mandato por lo que derivado de dicha decisión, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó esta tarde al presidente nacional del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Mario Delgado Carrillo, retirar promocionales en radio, televisión y redes sociales.
Los hechos se dan después de que integrantes de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) denunciaran a Mario Delgado, presidente nacional de Morena, por la difusión de dos videos en las redes sociales de Facebook, Twitter y YouTube.
Así como la divulgación de propaganda política y el probable uso de recursos públicos, al promocionar la participación ciudadana para el ejercicio de Revocación de Mandato del Presidente de la República.
De este modo, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer tres medidas cautelares, declaró procedentes dos y negó una.
En relación a la primera medida cautelar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es contrario a la Constitución que los partidos políticos promuevan la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato.
Posteriormente, se advirtió que la publicación realizada en Facebook cumple con características de publicidad pagada, por lo que se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos por Morena al promover la Revocación de Mandato.
Por este motivo se le ordenó a Mario Delgado Carrillo, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, así como a dicho partido político que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, eliminen las publicaciones objeto de la medida cautelar.
La queja presentada por el Partido Democrática Revolucionario (PRD) ante la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) refiere al supuesto uso indebido de la difusión de los promocionales denominados MEXICO NOS NECESITA V1 y MEXICO NOS NECESITA V2 previstos para radio y televisión, que, en concepto del PRD, en tiempo ordinario interfiere en el proceso de Revocación de Mandato al posicionar la imagen del Ejecutivo Federal, así como que se condiciona el voto de la ciudadanía a favor de él.
Al respecto, la Comisión declaró como procedentes las medidas cautelares solicitadas siguiendo el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó que la participación de los partidos políticos no tiene lugar en el mecanismo de democracia directa que es la Revocación de Mandato.
De este modo, el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a Morena el retiro del material denunciado y les solicitó sustituirlo en un plazo no mayor a seis horas a partir de la legal notificación.
No obstante, Morena también presentó una queja ante la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de publicaciones realizadas el pasado 13 marzo en el portal y redes sociales del Partido Acción Nacional (PAN) ya que presuntamente contiene manifestaciones calumniosas en contra del partido guinda. Según Morena, se pretende restarle simpatía en el marco de los procesos locales en curso, así como en los ejercicios de democracia participativa.
Dicha medida cautelar no procedió debido a que la misma Comisión determinó que “bajo la apariencia del buen derecho, las expresiones contenidas en el material denunciado constituyen la perspectiva, crítica u opinión del presidente nacional del PAN y de ese partido, en torno a temas que son de un claro interés público”.
Las medidas cautelares impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a Mario Delgado y Morena se dan después de que el día de ayer en el Senado se aprobara en lo general y en lo particular el dictamen que permite que los funcionarios y legisladores puedan difundir y promocionar la consulta de Revocación de Mandato con 67 votos a favor, 34 en contra y cero abstenciones.
El dictamen establece una interpretación en la Ley General de Procedimientos Electorales y la Ley Federal de Revocación de Mandato, para que las opiniones y acciones de funcionarios públicos en torno a la Revocación de Mandato no sean consideradas como propaganda gubernamental.
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