Las posibles penas que podría enfrentar Sandra Cuevas si la encuentran culpable

El código penal de la Ciudad de México señala en el artículo 206 que se impondrán de uno a tres años de prisión a quien cometa el delito de discriminación

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Sandra Cuevas fue vinculada a
Sandra Cuevas fue vinculada a proceso por una jueza de control del reclusorio Norte. (Foto: Cuartoscuro)

Antes de iniciar la audiencia en el reclusorio Norte, Sandra Cuevas declaró ante los medios de comunicación que estaba preparada “para todo, hasta para ir a la cárcel”, pues no descartaba que la Fiscalía solicitara esta medida en su contra.

Cuevas denunció públicamente que el gobierno de la Ciudad de México trataba de apoderarse del control de la alcaldía Cuauhtémoc y por ese motivo se implementó una maniobra legal para apartarla del cargo, haciéndole temer por un su posible encarcelamiento pese que los delitos que se le imputaban son del fuero común.

El caso en su contra se armó a partir de la denuncia de dos policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), quienes acusaron que el pasado 11 de febrero tuvieron un encuentro en la oficina de Cuevas para tratar temas relacionados al comercio ambulante en la demarcación. Situación que derivó en una discusión.

Los dos elementos aseguran que en esa confrontación la alcaldesa los insultó y agredió físicamente, además fueron despojados de sus radios de comunicación y teléfonos celulares. En su declaración indicaron que fueron retenidos en contra de su voluntad por más de una hora.

Sandra Cuevas quedará suspendida al
Sandra Cuevas quedará suspendida al menos por 60 días (Foto: Cuartoscuro)

Finalmente la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, fue vinculada a proceso por su presunta responsabilidad en el delito de abuso de autoridad, discriminación y robo, por esta razón la jueza de control decidió suspenderla de sus funciones como titular de la alcaldía mientras dura el proceso penal, situación que podría abrir la puerta para que el Congreso designe a un interino y solicite la convocatoria para una nueva elección.

¿Por qué no dieron prisión preventiva a Sandra Cuevas?

Aunque la Constitución de la Ciudad de México contempla que cualquier funcionario público puede ser vinculado a proceso en caso de existir elementos de prueba, el artículo 19 de la Constitución política de México acota que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio.

Aquí debemos recordar que a Sandra Cuevas se le impuso como medida cautelar la firma periódica ante una autoridad judicial además de tener la obligación de solicitar permiso en caso de requerir salir del país.

La Ley apunta que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

Aunque Sandra Cuevas esta imputada por abuso de autoridad, discriminación y robo, la jueza no consideró necesaria esta medida.

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Foto: Cuartoscuro

Las posibles sanciones por los delitos que se le acusan

El código penal de la Ciudad de México señala en el artículo 206 que se impondrán de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días al que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

En este sentido, la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, destacó que la denuncia de los dos policías incluye cargos por discriminación, aunque por el momento no son públicos los detalles sobre las presuntas responsabilidades de Cuevas en este delito.

El código penal indica que además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.

En el caso del delito de abuso de autoridad, el artículo 262 establece que se le impondrán de uno a seis años de prisión y de cien a quinientos días multa al que en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas ejerza violencia a una persona sin causa legítima, la vejare o la insultare o use ilegalmente la fuerza pública.

En cuanto al delito de robo, la denuncia de los policías señala a dos radios de comunicación y dos teléfonos celulares. Con relación a ello, la ley establece que el inculpado puede reparar el daño a la víctima. Para determinar la cuantía del robo, se atenderá únicamente al valor de mercado que tenga la cosa en el momento del apoderamiento, mismo valor que será considerado para efectos de la reparación integral del daño.

Sin embargo, estas posibles sanciones se aplicarían en caso de Sandra Cuevas sea encontrada culpable durante el juicio. Ante ello, la alcaldesa suspendida aseguró que cuenta con las pruebas de su inocencia y dice estar segura que terminará siendo absuelta, pues el único fin del asunto judicial es separarla del cargo político.

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