Dieron 40 años de prisión al asesino de la menor Fernanda Paola

El responsable fue detenido en 2018 y sentenciado después de cuatro años

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El Estado de México es uno de las entidades con mayor número de feminicidios (Foto: Cuartoscuro)
El Estado de México es uno de las entidades con mayor número de feminicidios (Foto: Cuartoscuro)

Condenaron a 40 años de prisión a Gerardo Enrique Alvarado Nopaltitla por el homicidio agravado de una menor de 16 años en el Estado de México.

El Ministerio Público de la Fiscalía Especializada de Feminicidio de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) acreditó la participación de Gerardo Enrique en el asesinato de la menor de edad Fernanda Paola, de acuerdo con un comunicado de la FGJEM.

El crimen ocurrió en un domicilio ubicado en la colonia Anáhuac, Primera Sección, en el municipio de Acolman, donde el sentenciado asfixió a la menor de edad el 25 de enero del año 2018.

Fernanda Paola fue vista por última vez el 25 de enero en un deportivo localizado en Acolman, Estado de México, donde vería a un amigo suyo. Tras ello, no se tuvo más noticias de ella, por lo que sus familiares iniciaron una intensa búsqueda para dar con su paradero.

Sin embargo, vecinos del municipio de Tezoyuca encontraron el cuerpo de la chica el 26 de enero, pues el imputado trasladó el cuerpo a las calles del municipio, quienes informaron a las autoridades del hallazgo.

(foto: FGJEM)
(foto: FGJEM)

Una vez informados, los agentes de la fiscalía del estado llevaron a cabo las indagatorias para dar con la identificación y detención del responsable. Una vez obtenidas las pruebas suficientes, el Representante Social solicitó a un juez la orden de aprehensión en contra del ahora condenado.

Días después, el agresor fue detenido e ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Texcoco, donde quedó a disposición de un juez quien lo vinculó a proceso y posteriormente le dictó sentencia.

La FGJEM también informó que aparte de la condena privativa de libertad, “este individuo deberá pagar una multa de 61 mil 852 pesos y 193 mil 508 pesos”, además de que sus derechos civiles y políticos quedaron suspendidos.

Gerardo Enrique fue detenido en febrero del 2018. De acuerdo con las autoridades, fue captado por una cámara de vídeo cuando abandonó el cuerpo de la menor.

(foto: FGJEM)
(foto: FGJEM)

De acuerdo con la información de las autoridades, Gerardo era amigo de Fernanda Paola, quien la invitó al deportivo, pero cambió el lugar de último minuto y la convenció de ir a su casa. De igual forma, en junio del mismo año, hubo una manifestación en la que pobladores de Totolcingo junto con familiares de Fernanda marcharon para exigir el arresto de los cómplices en el homicidio.

En aquella manifestación, la familia declaró que en el crimen estuvieron implicados la madre de Gerardo, su hermano y su padre, quienes ayudaron en el traslado del cuerpo a Tezoyuca para montar la escena y despistar a las autoridades.

En tanto al crimen, no fue señalado como feminicidio ya que el juez determinó que no hubo violación de por medio, por lo que quedó en homicidio agravado.

El asesinato de Fernanda Paola no fue tipificado como feminicidio (Foto: Cuartoscuro)
El asesinato de Fernanda Paola no fue tipificado como feminicidio (Foto: Cuartoscuro)

El Código Penal Federal establece como feminicidio cuando se prive de la vida a una mujer por razones de género y señala 7 circunstancias que serán tomadas como razones de género:

1. La víctima debe presentar signos de violencia sexual de cualquier índole.

2. Cuando a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones degradante previa o posteriores a la privación de la vida, inclusive actos de necrofilia.

3. Cuando se tenga registro de antecedentes de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, escolar o laboral por parte del sujeto que cometa el delito.

4. Toma en cuenta la relación entre victimario y víctima, ya sea sentimental, afectiva o de confianza.

5. Cuando exista información que indique que hubo amenazas relacionadas con el hecho, acoso o lesiones por parte del sujeto hacia la víctima.

6. Se tipifica como feminicidio cuando la víctima haya sido incomunicada en cualquier cantidad de tiempo previo a ser privada de la vida.

7. Por último señala que será considerado así cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Cuando un hecho no sea acreditado como feminicidio será juzgado bajo el concepto de homicidio.

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