El gobierno del Estado de México dará apoyos económicos de mil 600 pesos a madres trabajadoras para complementar el gasto familiar.
La ayuda del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras contempla como población prioritaria a quienes estén en un alto grado de rezago social, de violencia y en zonas de marginación.
Los y las beneficiarias son las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de entre 0 a 23 años de edad que están en situación de vulnerabilidad por la ausencia de uno o de la mamá o papá, el programa se divide en dos ejes:
* Apoyo para el bienestar de las niñas y niños, hijos de madres trabajadoras, que contempla a recién nacidos hasta un día antes de cumplir 4 años de edad, en caso de que tengan alguna discapacidad brindan la ayuda hasta los 6 años que estén vulnerables por la ausencia temporal o permanente de alguno de uno de sus padres o los dos.
* El Apoyo para el bienestar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna es para menores, adolescentes y jóvenes de hasta 23 años de edad que perdieron a su mamá. De igual manera contempla a las hijas e hijos de las jefas de familias que estaban afiliadas al Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia.
¿Cuáles son los requisitos?
* La o el solicitante debe ser madre, padre o tutor y estar trabajando, en búsqueda de empleo o cursando sus estudios.
* No tener un servicio de cuidado y atención infantil en las guarderías públicas
* .Presentar un escrito libre de decir la verdad en el cual debe expresar si trabaja, busca empleo o estudia. * Una carta de no afiliación Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
* Una identificación oficial vigente y con fotografía, la cual puede ser la credencial para votar INE, la cédula profesional, pasaporte, cartilla militar en el caso de los hombres o forma migratoria. * Los padres y madres menores de edad deben llevar su pasaporte, carta de identidad o su acta de nacimiento.
* La Clave Única de Registro de Población (CURP) que se puede ver y descargar en el enlace: https://www.gob.mx/curp/.
* El acta de nacimiento de los y las hijas dependientes.
* Un certificado médico original donde indique la discapacidad del o la menor, en caso de que entre en esa categoría del programa, el cual debe ser emitido por alguna institución pública de salud o por un o una profesional de la salud.
* Un comprobante de domicilio que no sea mayor a tres meses de antigüedad, entre los que aceptan están: el recibo de la luz, agua, teléfono fijo, impuesto predial o una constancia de residencia.
* En el caso del fallecimiento de la mamá, se tiene que llevar el acta de defunción.
¿Cómo se tramita el apoyo?
* La madre o padre debe ir a algún módulo bienestar, para ver cuál es el más cercano a su domicilio es por medio del link: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/604113/Cat_logo_M_dulos_de_Atenci_n.pdf.
* De igual manera se puede hacer una llamada a la Línea del Bienestar al número 800 639 42 64, su horario de atención es 8:00 de la mañana a las 21:00 horas de lunes a viernes y los fines de semana de las 9:00 am a las 21:00 horas.
SEGUIR LEYENDO: