AIR lamentó el fallo de la SCJN que ordena a medios distinguir entre información y opinión

El fallo “evidencia un claro propósito intervencionista” sobre el derecho de los medios a ejercer plenamente la libertad de expresión, acusó el organismo con sede en Uruguay

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(Foto: especial)
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La Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR) lamentó este jueves la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la que se ordenó a los medios de comunicación diferenciar su contenido entre lo que es informativo y opinión, con el argumentando que las concesionarias son empresas privadas con fines comerciales e intereses económicos

A través de un comunicado, el AIR acusó que el fallo judicial “evidencia un claro propósito intervencionista” sobre el derecho de los periodistas, comunicadores y medios a ejercer plenamente la libertad de expresión, de información y de opinión.

Apuntaron que la sentencia desconoce asimismo el principio de autorregulación, delegando en un organismo público estatal la competencia para imponer a medios y periodistas la “ética” a la cual deberán someter su actuación, dándole amplias facultades de contralor sobre los contenidos y la programación de la radio y la televisión.

La Sala también incurre en error al argumentar que “las audiencias cuentan con el derecho de que se distinga entre información noticiosa y opiniones, en sintonía con el derecho a recibir información imparcial, objetiva, oportuna y veraz”, se lee en el documento.

(Captura de pantalla: Twitter)
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“Condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales”

Por otra parte, señalaron que la referida sentencia contribuye a incrementar el peso del control regulatorio sobre la radio y la televisión local y nacional frente a otras plataformas de comunicación plenamente desreguladas, como las redes sociales y sitios web, colocando a las emisoras de México en una situación de competencia cada vez más discriminatoria y desventajosa.

La AIR advirtió sobre el grave efecto perjudicial que podría causar este fallo sobre el ejercicio del derecho a informar y opinar libremente en México, iniciando la amenaza de un camino hacia la censura estatal y la autocensura de medios y comunicadores por el temor a la imposición de severas sanciones.

(Foto: especial)
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No es el primer organismo que se pronuncia al respecto. El pasado 21 de enero, la Cámara Nacional de la Radio y Televisión (CIRT) que esta obligación es casi imposible de aplicar en la práctica, pues afectará la dinámica de trabajo de todos los medios, tanto públicos como privados, y por consecuencia, “se corre el riesgo inminente de que sean canceladas la mayor parte de los programas noticiosos y que se eliminen aquellas notas informativas en que terceros nos distinguen entre información y opinión”.

Un ejemplo de ello, indicaron, es la transmisión de los encuentros en las mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y la televisión a controles y sanciones burocráticas, que rompan con el flujo y el ritmo de la comunicación”

Cabe recordar que desde el 2016 diversos medios ya se habían quejado contra el establecimiento de esta orden que procedió del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

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Por ello, la CIRT aseguró que harán uso de todos los recursos legales que la ley les otorga para continuar defendiendo a las audiencias mexicanas con “contenidos de calidad, ágiles, entretenidos comprometidos con la verdad y antes que cualquier otra cosa: emitidos con total libertad sin controles del Estado”.

Finalmente, la organización que tiene afiliación con más de mil 400 programas de radio y televisión como TV Azteca, Televisa, Grupo Radio Centro y W Radio, hizo un llamado al Congreso de la Unión, al Poder Ejecutivo y a la Corte a fin de que este asunto pueda resolverse con pleno respeto a la Constitución y los tratados internacionales en la materia.

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