El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la inexistencia de propaganda personalizada y uso de recursos públicos por parte de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Claudia Sheinbaum, en la difusión de un promocional para su Segundo Informe de labores.
A través de un comunicado, el Tribunal indicó que por unanimidad de votos, el pleno de la Sala Superior confirmó la inexistencia de las infracciones consistentes en propaganda gubernamental personalizada y uso de recursos públicos, atribuidos a la mandataria capitalina, por la difusión en radio y televisión del promocional “Movimiento de Transformación”.
De acuerdo con el organismo, el mensaje contenido en el promocional “era auténtico, genérico y veraz, situado dentro de los límites permitidos para la emisión de ese tipo de propaganda”, ya que se difundió con un soporte fáctico emitido durante el periodo que se informó, con lo que respaldó su veracidad.
“Resultaba claro y con el objetivo de informar que los principios bajo los cuales se rindió el informe únicamente eran atribuibles a la gestión de la Jefa de Gobierno, sin que existiera una atribución directa y exclusiva a su persona o un llamamiento expreso al voto, por alguna fuerza política o por alguna candidatura”
En sesión pública, y a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, el pleno confirmó la determinación impugnada, conforme a que el contenido del mensaje es auténtico, ya que se informaron actividades genéricas que lleva a cabo la jefa de Gobierno en el ejercicio del encargo y que forman parte de la visión de un movimiento que encabeza el Ejecutivo Federal, la llamada Cuarta Transformación, aunado a que en ningún momento se hizo un llamado al voto, a favor o en contra de alguna fuerza política.
Además, el contenido es veraz y genuino, ya que se identificó el periodo de gestión, así como a la persona que se encontraba rindiendo el informe de gobierno.
Asimismo, el Tribunal señaló que no existió promoción personalizada por parte de Sheinbaum, toda vez que sólo describió acciones o principios que la constriñen en su ámbito de facultades y que son coincidentes con los ejes temáticos de su Segundo Informe de Gobierno.
Finalmente, por cuanto hace a la mención del presidente Andrés Manuel López Obrador, esta se hizo de forma genérica, no se exaltó su figura o se le adjudicaron los logros de la titular del ejecutivo local de la capital.
“Con esta determinación, el Tribunal garantiza que la difusión de los informes de labores de los funcionarios públicos sea apegada a los principios que rigen la materia electoral y que traten de un ejercicio veraz, genuino y auténtico de rendición de cuentas a la ciudadanía”, concluyó el texto.
Cabe recordar que en 2020 el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Federico Döring Casar, denunció ante el Tribunal Electoral a Claudia Sheinbaum, su equipo de comunicación y a 21 emisoras de radio y televisión por la difusión del spot en el Estado de México e Hidalgo, donde hubo proceso electoral por esas fechas.
Sin embargo, en un primer fallo, la Sala Especializada determinó que no hubo promoción personalizada, ni responsabilidad de los sujetos involucrados.
Sobre la emisión fuera de la capital, se determinó que el promocional tampoco tuvo injerencia en las elecciones de Hidalgo, luego de informar que éste no fue exhibido fuera de la Ciudad de México, por lo que tampoco habría violado la normatividad en la materia.
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