Predial 2022 CDMX: estos son los descuentos por pago anticipado

Los contribuyentes que abonen el impuesto en los meses de enero y febrero, obtendrán un estímulo fiscal

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(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)
(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)

El Congreso de la Ciudad de México aprobó recientemente el paquete económico para el año 2022, incluidas las modificaciones al Código Fiscal. Y entre otras medidas, dio a conocer cuáles serán los beneficios para los ciudadanos que paguen por anticipado el impuesto del predial.

Este tributo es un gravamen que toda persona propietaria de un inmueble debe asumir, sin importar el uso que le dé a la vivienda, ya sea hogar, local, oficina, etc. El predial se abona de manera anual y para alentar a los capitalinos a afrontar sus obligaciones sin retrasos, se ofrecen estímulos a los contribuyentes que efectúen el pago en los dos primeros meses del año.

En este sentido, el diputado Carlos Hernández Mirón, de Morena, explicó ante el Pleno del Congreso estatal que para el 2022 se mantendrán los siguientes descuentos en el pago del predial anual anticipado:

- Estímulo del 8%, para quienes realicen el pago en enero.

- Estímulo del 5%, para quienes abonen el pago en febrero.

Además, Hernández Mirón confirmó que el próximo año, los inmuebles que presenten daños estructurales ocasionados por grietas obtendrán de nuevo una condonación en el impuesto predial que irá del 50 al 100%. Y también, permanecerán los beneficios fiscales que se concedían a otros tributos como el subsidio del 100% en la tenencia para vehículos con valor de hasta 250,000 pesos, y los apoyos a grupos vulnerables en los derechos por suministro de agua.

Descuento del predial para adultos mayores y grupos vulnerables

En la Ciudad de México, los jubilados y pensionados pueden obtener descuentos al pagar el impuesto predial, pero para ello, deben inscribirse al programa Huella de Voz.

Este esquema de la Secretaría de Administración y Finanzas estatal se dirige a adultos mayores y personas con discapacidad que sean propietarios de una vivienda ubicada en la capital. También pueden inscribirse otros grupos vulnerables, como viudas, huérfanos pensionados, mujeres separadas, divorciadas o madres solteras.

(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)
(Foto: Christian Serna/Cuartoscuro)

Los contribuyentes que forman parte del apoyo, acceden a una condonación parcial del predial y a una reducción del 100% de recargos, multas y gastos de ejecución. Las condiciones para inscribirse se establecen en los artículos 281 y 282 del Código Fiscal de la CDMX. Estos determinan que:

Artículo 281: podrán acceder a ese beneficio fiscal todos los contribuyentes que sean propietarios de un inmueble cuyo valor catastral no exceda de dos millones 212 mil 737 pesos, siempre que el uso de la vivienda sea exclusivamente habitacional. Además, el propietario deberá ser jubilado o pensionado (por cesantía en edad avanzada, vejez, incapacidad, riesgos de trabajo, invalidez, viuda o huérfano pensionado, mujer separada, mujer divorciada, jefa de hogar, madre soltera o persona con discapacidad permanente).

Artículo 282: también podrán inscribirse los contribuyentes que sean propietarios de un inmueble cuyo valor catastral no exceda de 2,212.737 pesos, siempre que la vivienda sea exclusivamente para uso habitacional y el dueño sea un adulto mayor sin ingresos fijos y escasos recursos.

A esos grupos se les ofrece una condonación parcial del predial y el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución.

- Además, existe un tercer grupo que puede inscribirse para obtener un 30% en el pago del impuesto predial. Se trata de los contribuyentes que tengan un inmueble cuyo valor catastral exceda los dos millones 217 mil 737 pesos, pero que acrediten ser: jubilado o pensionado (por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad por riesgos de trabajo, por invalidez, viuda pensionada o huérfano pensionado o adulto mayor sin ingresos fijos y escasos recursos).

(Foto: Iván Stephens/Cuartoscuro)
(Foto: Iván Stephens/Cuartoscuro)

¿Cuáles son los requisitos?

Para inscribirse a Huella de Voz, los interesados deben acudir presencialmente a una de las oficinas de la Administración Tributaria de la Ciudad de México y entregar los siguientes documentos:

1. Boleta del Impuesto Predial o Declaración de Valor Catastral.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del propietario o copropietarios. Puede ser el pasaporte, credencial del IFE/INE o Cédula Profesional. En caso de extranjeros, se admite un documento que acredite su estadía legal en el país.

3. Clave Única del Registro de Población (CURP) del propietario o copropietarios. En caso de que su identificación oficial contenga la CURP, este documento no será necesario.

4. Comprobante de domicilio a nombre del contribuyente con vigencia no mayor a seis meses de antigüedad. Puede ser la credencial del IFE/INE; un estado de cuenta bancario o comercial; el recibo del pago de luz, de telefonía fija o gas.

5. Escrito libre firmado por la persona titular del inmueble en el cual, bajo protesta de decir verdad, indique su condición de vulnerabilidad y que desea acreditar su condición de beneficiario para el ejercicio fiscal 2022.

6. Documento con el que acredita su condición de pertenecer a algún grupo vulnerable para ingresar su solicitud. Se aceptan los siguientes:

Adulto mayor sin ingresos fijos y de escasos recursos: podrán presentar su credencial para votar (expedida por el IFE o INE), su credencial del INSEN, del INAPAM, o su pasaporte.

* Jubilado o pensionado por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad por riesgos de trabajo o invalidez: valdrán credenciales emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; Petróleos Mexicanos; Comisión Federal de Electricidad; Ferrocarriles Nacionales de México; Asociación Nacional de Actores; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C.; Nacional Financiera S.N.C., Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México; Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya de I Ciudad de México; último talón de pago de la pensión respectiva.

* Persona con discapacidad permanente: se admitirá un certificado que acredite la discapacidad o invalidez, siempre que haya sido expedido por el IMSS o el ISSSTE. También se aceptará una constancia o credencial emitida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México -cuando se trata de discapacidad congénita o de nacimiento-.

En las oficinas, el interesado deberá realizar su registro de voz para inscribirse adecuadamente al programa.

El listado de sedes y direcciones de la Administración Tributaria en la capital puede consultarse aquí. Para mayor información, los contribuyentes pueden llamar a Contributel, en el teléfono 55 5588 3388.

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