Los corren y recontratan: esta es la violación a los derechos laborales que detectó el IMSS

De acuerdo con el Seguro Social, más de 80,000 empleados fueron dados de baja y reinstalados por sus patrones en invierno; esta práctica le genera ahorros a los empresarios

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El Seguro Social detectó malas
El Seguro Social detectó malas prácticas contra los empleados (Foto: Cuartoscuro)

Una vez más, el gobierno federal detectó que algunos patrones realizaron una mala práctica respecto a la gestión de su personal en materia de contratación y recontratación, pues en México es una constante histórica que numerosas empresas dan de baja ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a sus empleados para reincorporarlos en enero del siguiente año.

Las bajas injustificadas impactan negativamente en la continuidad de los derechos laborales, de seguridad social y de vivienda de los trabajadores. Entre noviembre y diciembre de 2020, se perdieron 277,820 puestos de trabajo, de los cuales 68.8% corresponden a trabajadores registrados como permanentes.

Si bien existen contrataciones temporales legítimas, lo cierto es que muchos de los trabajadores dados de baja en diciembre y recontratados en enero están registrados por los patrones en el IMSS como permanentes. Estas bajas son una práctica totalmente irregular, pues buscan proporcionarles beneficios a los empresarios en vez de la masa trabajadora que atiende sus negocios.

La precarización de los trabajos
La precarización de los trabajos y pérdida de los derechos laborables atienden a una dinámica sistemática procurada por numerosos empresarios (Foto: EFE/Tannen Maury)

De acuerdo con la información recolectada por el Seguro Social, en enero de 2021 se recontrataron con la misma empresa 86,575 trabajadores que fueron dados de baja en diciembre de 2020. Motivo por el cual el ejecutivo federal decidió plantear medidas restrictivas y punitivas con la finalidad de que esta mala práctica no se repita.

En consecuencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el IMSS y el Infonavit enviaron cartas a los patrones que identificaron pudieran haber incurrido en estas prácticas, con el propósito de que revisen si el manejo de su plantilla laboral se encuentra acorde al marco normativo vigente y eviten realizar acciones que afecten los derechos de sus trabajadores mediante la elusión ilegal de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social.

Es en este contexto en el que el gobierno señaló la importancia de que los trabajadores y sus familias estén siempre protegidos con todas las prestaciones a las que tienen derecho. Asimismo, resaltó que se debe de considerar a la emergencia nacional de COVID-19 como un factor determinante y prioritario para garantizar la seguridad social de las y los prestadores de servicios.

A través de un comunicado oficial, el IMSS recordó que los empleadores están obligados acatar la legislación mexicana respecto a la contratación y trato de sus colaboradores, lo cual incluye garantizar el goce de sus prestaciones y la generación de antigüedad conforme a la ley.

Se estima que más de
Se estima que más de 80,000 mexicanos sufrieron esto (Foto: EFE/Orlando Barría)

“El incumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social tiene consecuencias legales que puede poner en riesgo las finanzas de las empresas e incluso llevar a los patrones a enfrentar responsabilidades administrativas y penales”, reiteró el Seguro Social en el boletín donde denunció estas malas prácticas.

Cabe recordar que la STPS, a cargo de Luisa María Alcalde, ha avanzado mucho en la prevención de malas prácticas laborales, normalmente relacionadas con el outsourcing o subcontratación, por lo que desde el ejecutivo federal se promovió una reforma a este mecanismo administrativo de los empleados.

La propuesta, que aún falta ser avalada por el Senado de la República, establece que las compañías no deberán autorizar la subcontratación de trabajadores para realizar tareas permanentes o esenciales, pero sí permitirá este modelo en casos especializados y efímeros, es decir, que no formen parte de las labores esenciales y permanentes de la compañía.

Finalmente, de acuerdo con lo establecido, a quien realice subcontratación, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, sin contar con el registro correspondiente, conforme a lo establecido en la ley, se les impondrá una multa que va de los 2,000 a 50,000 veces la UMA.

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