Las fiestas decembrinas son una buena oportunidad para reunirse con familiares y amigos, estén cerca o lejos, por lo cual millones de personas se trasladan desde una ciudad a otra, inclusive otros países, haciendo uso de todo tipo de transporte.
Para aquellas personas que han decidido viajar en avión, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) compartió una lista sobre todo lo que se debe saber sobre la compra de vuelos.
El organismo recomendó que antes de comprar el boleto de avión es importante consultar los términos y condiciones del servicio, los cuales deberán de estar disponibles en la página de Internet de las aerolíneas y ser de fácil acceso.
“La aerolínea no podrá realizar cargos que condicionen la compra del boleto o la contratación obligatoria de servicios adicionales”, explicó la Profeco en la Revista del Consumidor de diciembre.
Las y los menores de dos años pueden viajar sin ningún costo y con una carriola en vuelos nacionales, mientras que el vuelos internacionales se considera lo establecido en tratados internacionales y en la Ley de Aviación Civil.
Equipaje
“Puedes transportar como mínimo y sin cargo alguno 15 o 25 kg de equipaje; en caso de que decidas viajar sin equipaje, la aerolínea puede ofrecerte tarifas preferenciales”, destacó el organismo.
“Asimismo, puedes transportar hasta dos piezas de equipaje de mano que en conjunto no excedan los 10 kg y cuyas dimensiones no sean mayores a 55 cm de largo, 40 cm de ancho y 25 cm de alto, siempre que su naturaleza o dimensiones no afecten la seguridad y la comodidad de los pasajeros”, agregó.
Respecto a las personas con discapacidad, pueden transportar de manera gratuita cualquier instrumento que sea “inherente” a su discapacidad siempre y cuando sea para su uso.
En el caso de que la aerolínea destruya o dañe tu equipaje de mano, tienes derecho ser indemnizado por un monto de hasta 80 UMA (equivalente a unos siete mil pesos al momento de esta publicación) y por pérdida o avería de equipaje facturado, por un monto de 150 UMA (equivalente a unos 13,000 pesos al momento de esta publicación).
Cambios de destino
Existe una práctica llamada “sobreventa”, en la cual las aerolíneas venden más boletos de los asientos que tiene disponible. En este caso tienes la opción de elegir entre obtener el reintegro del boleto pagado o la parte no realizada del viaje, un asiento en el primero vuelo disponible, o viajar en una fecha posterior.
Por otra parte, si el avión aterriza en un destino distinto al anticipado, “tienes derecho a ser trasladado por los medios de transporte más rápidos disponibles al destino contratado”.
Retrasos y cancelaciones
Cuando un vuelo tenga un retraso menor a cuatro horas, la empresa deberá informar claramente las razones por cualquier medio de comunicación electrónico o en los módulos de atención a pasajero que se encuentran en los aeropuertos. En caso de que la demora sea responsabilidad de la aerolínea, se debe de compensar de la siguiente manera:
-Si el retraso es mayor a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea deberá proporcionar descuentos para vuelos posteriores con el mismo destino y/o alimentos, bebidas y hospedaje.
-Si el retraso es de entre dos y cuatro horas, se debe de aplicar un descuento de mínimo 7.5% del precio del boleto.
-Finalmente, si el retraso es mayor a cuatro horas, puedes elegir entre obtener el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje; un asiento en el primer vuelo disponible, así como alimentos, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o ser transportado en una fecha posterior con el mismo destino.
- En el caso de elegir el reintegro o un vuelo en otra fecha, también se tiene derecho a una indemnización de mínimo el 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje. El pago de este monto debe de hacerse en los 10 días siguientes a que se presente el reclamo.
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