En pleno día de Navidad, la Guardia Nacional decomisó a una tortuga terrestre la cual era transportada al interior de una maleta en el Aeropuerto Internacional de Mérida, Yucatán.
De acuerdo con un comunicado de la Institución, el animal se localizó luego que el equipaje del propietario se sometiera a la revisión de la máquina de rayos X en el Punto de Inspección de Personas y Equipajes de la terminal aérea.
Cuestionado por el descubrimiento, el dueño del ejemplar argumentó que el ejemplar era su mascota, sin embargo, no presentó la documentación que amparara su legal posesión, ni su respectivo traslado a la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
De ahí que los elementos prosiguieron a confiscar al reptil y entregarlo a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para su resguardo.
Y es que la posesión de animales exóticos sin autorización es una práctica que se ha hecho más recurrente entre la población mexicana al pensar erróneamente que requieren los mismos cuidados que especies domésticas.
Esto se observó el pasado 21 de diciembre en Ciudad de México (CDMX) cuando elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y de la Brigada de Vigilancia Animal (BVA) recataron a un mono tití orejas de pincel - especie en peligro de extinción - al interior de un automóvil.
El conductor de la unidad, identificado como Marco “G”, aseguró que el animal era suyo, presentando un documento expedito por un criadero con la intención de acreditar la legal posesión.
Sin embargo, el formato resultó inválido luego que las autoridades detectaran la falta del sello de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Animales (Semarnat), lo cual provocó la detención del sujeto al tratarse de un animal en peligro de extinción.
En tanto, el pequeño primate fue entregado al personal médico veterinario del Bosque de Chapultepec.
Ambos casos (el de Mérida y la CDMX) implican una violación a la Ley General de Vida Silvestre, la cual establece que el manejo de ejemplares exóticos sólo estará permitido en condiciones de confinamiento que garanticen la seguridad de la especie, así como un trato digno y respetuoso.
Toda persona poseedora de algún animal exótico como mascota o animal de compañía deberá contar con la autorización expresa de la Secretaría.
En el respectivo formato, la dependencia solicita al o la interesada a proporcionar información (y documentos que lo respalden) sobre la alimentación, disponibilidad de agua y de sombra, limpieza y vacunas del animal. Asimismo, se debe detallar las condiciones del lugar donde el ejemplar habita (superficie, ventilación, iluminación, etcétera).
Por supuesto, la solicitud obliga a acreditar la legal procedencia del animal en la que se señale el sistema de marca, así como su cartilla y documentación médica completa.
Sin embargo, cabe destacar que el permiso no será concedido si la especie se encuentra amenazada, representa riesgos físicos o si el. animal no puede convivir en un ambiente domésticco sin representar peligro para sus propietarios.
Las sanciones para quien se le sorprenda infringiendo estas normas van desde una amonestación escrita, hasta un arresto administrativo por 36 horas y el aseguramiento del ejemplar.
Estas normas son expedidas para detener el tráfico ilegal de animales exóticos, el cual tiene un impacto directo e irreversible en la biodiversidad, provocando una gran declive poblacional de las especies con alto valor comercial.
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