El pasado 2 de octubre, el Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) ratificó a Marko Cortés Mendoza como presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del partido para el periodo 2021-2024. Este puesto lo ostenta desde 2018, cuando tomó protesta por primera vez.
A pesar de que se anunció una respaldó “casi unánime”, lo cierto es que desde un mes antes, el inicio de las votaciones se dio entre denuncias contra el líder blanquiazul por parte de sus rivales, los exdiputados Gerardo Priego y Adriana Dávila, quienes no ingresaron a la elección interna por no presentar sus firmas a tiempo.
De acuerdo con sus testimonios, Cortés Mendoza realizó diversas “ilegalidades” en este proceso, como “la cooptación de miembros, hasta la brutal manipulación y desfiguración del padrón, pasando por la falsificación de firmas”.
Por ello, Adriana Dávila impugnó ante a Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la determinación de la Sala Regional Especializada, la cual señaló que no existió " uso indebido de la pauta” para colocar promocionales a favor de Marko Cortés en los tiempos oficiales de radio y televisión del PAN.
Este recurso fue aprobado por la institución que presentó el proyecto realizado por la magistrada Mónica Soto. En él expuso que “la Sala Especializada no fue exhaustiva y congruente al momento de analizar la litis o motivo de la denuncia”.
Dicho documento también señala que la controversia se centró “en el sentido de dilucidar sin con la transmisión de los promocionales denunciados se actualizó o no la infracción de uso indebido de la pauta equiparable a la compra y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, sin que advirtiera que la parte denunciante también había señalado una vulneración al principio de equidad en la contienda interna del referido instituto político”.
La magistrada Janine Otálora apoyó el proyecto de Mónica Soto y señaló que aunque se debe respetar el principio de autodenominación de los partidos, también se les tiene que vigilar para erradicar las anomalías y abusos al interior de las fuerzas políticas.
Asimismo, le pidió a la Sala Especializada analizar la posible existencia de irregularidades en dos promocionales en los que se aprecia al entonces presidente del CEN, a pesar de que ya participaba como candidato en el proceso interno de renovación del PAN.
“El análisis de la Sala Especializada debió abarcar las fechas de cuando se pautaron los promocionales, se emitió la convocatoria al proceso interno, se solicitó la sustitución de los spots, se presentó la licencia del aspirante y concluyó la transmisión de los promocionales”, detalló.
Las militantes del PAN obtuvieron el derecho a revocar la determinación del órgano de justicia interna del PAN desde el pasado 10 de noviembre, cuando el TEPJF dio luz verde para alegar falta de transparencia en las firmas que obtuvo la planilla de Marko Cortés.
“El órgano de justicia partidista desechó la queja al considerar que el militante no tenía interés legítimo para inconformarse, debido a que no fue parte del proceso al no haber participado como candidato. Por tanto, el registro de Cortés Mendoza no le habría generado alguna afectación a sus derechos”, anunció el Tribunal.
Este proceso no es nuevo, pues tiene varios meses de trabajo. La primera queja fue presentada por Gerardo Priego el pasado 27 de septiembre, misma que fue respaldada por el TEPJF el 6 de octubre, cuando ordenó la investigación, misma que fue desechada el 5 de noviembre pasado por la Comisión de Justicia del PAN, la cual señaló que no hubo irregularidades.
Ahora, un mes después, se reabrirá esta investigación gracias a la impugnación de Dávila, misma que podría provocar la caída del líder blanquiazul y ampliar las fracturas existentes dentro del partido.
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