Cada día se vuelve más común enterarse de robos violentos al interior del transporte público en México. Las redes sociales están repletas de videos en los que se muestran a los delincuentes actuar en flagrancia y en casi total impunidad, pues los actos no suelen ser castigados por las autoridades.
El imaginario colectivo normalizó tanto este tipo de delitos que incluso los chistes, bromas y memes que aluden a este delito circulan libremente entre las y los mexicanos. Con el típico “Cámara, mi gente, ya se la saben”, las personas ubican perfectamente cómo es que los ladrones inician sus actividades delictivas a bordo de camiones y combis de transporte público.
Motivo por el que el diputado federal Luis Enrique Martínez, del Partido del Trabajo (PT), presentó una reforma al Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en la que se promueve aplicar como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa contra el presunto responsable de cometer el delito de robo en transporte público colectivo.
De acuerdo con este artículo “ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión”.
Asimismo, se faculta al Ministerio Público (MP) para solicitar al juez la prisión preventiva oficiosa cuando “otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.
Por lo que Martínez Ventura propuso incluir este ilícito al listado de delitos con esta medida cautelar. La propuesta señala que se han incrementado los casos de robo al transporte público colectivo y esta situación resulta muy preocupante, no sólo porque afecta al patrimonio y tranquilidad de los ciudadanos, sino también porque este tipo de conductas delictivas cada vez son más violentas y ponen en riesgo la vida de los usuarios.
El diputado señaló que el Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública (SNSP) registró a nivel nacional, durante el mes de junio de 2021, 1,097 delitos de robo a transporte público colectivo, de los cuales 746 se cometieron con violencia y 351 sin el uso de ésta.
Asimismo, la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2020 da cuenta que a nivel nacional dicho medio de transporte ocupa el tercer sitio como el lugar específico donde la población se siente más insegura.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, precisa que al incluir el robo en el transporte público colectivo dentro del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, se busca prevenir la impunidad de los que cometen este ilícito, mismo que se ha incrementado, y evitar el fenómeno de la llamada puerta giratoria.
Asimismo, enfatizó que la falta de castigo para los que cometen el robo a transporte público está provocando una descomposición social que debe detenerse y evitar que sean los propios ciudadanos los que toman justicia por su propia cuenta.
También recordó que existen casos donde son los mismos pasajeros o pasajeras quienes frustran el asalto y golpean hasta herir a los delincuentes, por lo que es necesario establecer acciones y sanciones para quienes cometen este delito.
La finalidad es desincentivar el robo en el transporte público al impedir la impunidad de los que incurren en esta conducta delictiva que afecta a la sociedad.
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