SCJN rechazó solicitud de suspender la aplicación del Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil

Sólo el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha ganado en la Corte una suspensión contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil, únicamente para que no destine parte de su presupuesto a la realización de este registro

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la negativa de suspender el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) como fue solicitado por senadores de oposición y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). (Foto: Cuartoscuro)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la negativa de suspender el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) como fue solicitado por senadores de oposición y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). (Foto: Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la negativa de suspender el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) como fue solicitado por senadores de oposición y por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Lo anterior, en el contexto de la segunda sesión pública que se llevó a cabo este miércoles, en que los cinco ministros que componen la Segunda Sala del máximo tribunal del país, determinaron por unanimidad, no frenar la aplicación del Panaut en todas sus vertientes.

La ministra Norma Piña Hernández argumentó que existe un plazo de dos años para la entrada en vigor del Panaut, es por esta misma razón que no pueden ser suspendidos los efectos de algo que aún no se aplica formalmente.

“Toda vez que los promoventes hacen depender el otorgamiento de la suspensión de la afectación a los derechos humanos precisados y esta afectación no se resentirá de manera inmediata a partir de la expedición del decreto cuya invalidez se solicita, dado que éste se produciría, en su caso, a partir de que los usuarios proporcionen la información respectiva”
El dictamen fue aprobado por el Pleno con 54 votos a favor, 49 votos en contra y 10 abstenciones en lo general, y con 56 a favor, 52 en contra y siete abstenciones en lo específico. (FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM)
El dictamen fue aprobado por el Pleno con 54 votos a favor, 49 votos en contra y 10 abstenciones en lo general, y con 56 a favor, 52 en contra y siete abstenciones en lo específico. (FOTO: ISAAC ESQUIVEL /CUARTOSCURO.COM)

Hasta el momento, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha ganado en la SCJN una suspensión contra el Panaut, únicamente para que no destine parte de su presupuesto a la realización de este registro.

En este sentido, la suspensión de la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Panaut se decretó al considerar que con su implementación “existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional”.

En un comunicado, el IFT recordó que el 26 de mayo presentó un recurso constitucional en contra de las diversas disposiciones contenidas en el padrón.

En aquella ocasión, el IFT expuso que “no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del Panaut con cargo a su presupuesto”.

¿Qué es el polémico Panaut?

El Senado mexicano aprobó el pasado martes 13 de abril, en lo general y en lo particular la creación de un padrón a nivel nacional de usuarios de celulares, que incluye que dicho registro sea obligatorio y contenga los datos biométricos de las personas, en medio de fuertes protestas de organizaciones civiles por los graves daños que traería a la privacidad de las personas.

La ministra Norma Piña Hernández argumentó que existe un plazo de dos años para la entrada en vigor del Panaut, es por esta misma razón que no pueden ser suspendidos los efectos de algo que aún no se aplica formalmente. (Foto: Cuartoscuro)
La ministra Norma Piña Hernández argumentó que existe un plazo de dos años para la entrada en vigor del Panaut, es por esta misma razón que no pueden ser suspendidos los efectos de algo que aún no se aplica formalmente. (Foto: Cuartoscuro)

El dictamen fue aprobado por el Pleno con 54 votos a favor, 49 votos en contra y 10 abstenciones en lo general, y con 56 a favor, 52 en contra y siete abstenciones en lo específico. Será enviado al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para su firma y publicación. Entonces entrará en vigor y comenzará a desarrollarse el padrón.

El objetivo primordial de la reforma, de acuerdo con el documento avalado y consultado por Infobae México, es frenar los delitos de extorsión y secuestros que suelen cometerse desde los centros penitenciarios, a través de teléfonos celulares que ingresan de forma clandestina a las prisiones.

El padrón, define el dictamen, “es una base de datos con información de las personas físicas o morales titulares de cada línea telefónica móvil que cuente con números del Plan Técnico Fundamental de Numeración”.

El objetivo primordial de la reforma es frenar los delitos de extorsión y secuestros que suelen cometerse desde los centros penitenciarios, a través de teléfonos celulares que ingresan de forma clandestina a las prisiones. (Foto: Cuartoscuro)
El objetivo primordial de la reforma es frenar los delitos de extorsión y secuestros que suelen cometerse desde los centros penitenciarios, a través de teléfonos celulares que ingresan de forma clandestina a las prisiones. (Foto: Cuartoscuro)

Los 10 datos con los que contará el padrón serán:

  • Número de línea telefónica móvil
  • Fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil adquirida con la tarjeta SIM
  • Nombre completo, en su caso, denominación o razón social del usuario
  • Nacionalidad
  • Número de identificación oficial con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea.
  • Datos biométricos del usuario (o del representante legal de la persona moral)
  • Domicilio del usuario
  • Datos del concesionario de telecomunicaciones (o de los autorizados)
  • Esquema de contratación de la línea telefónica móvil

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