Pleno de la SCJN determinará legalidad del uso de Fuerzas Armadas en seguridad pública

Los 11 ministros discutirán la medida impuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador

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El decreto fue publicado en mayo del 2020 en el Diario Oficial de la Federación
EFE/ José Méndez
El decreto fue publicado en mayo del 2020 en el Diario Oficial de la Federación EFE/ José Méndez

La ministra Margarita Ríos-Farjat, encargada de la discusión de la propuesta emitida por el presidente Andrés Manuel López Obrador para mantener a las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública en las calles del país, decidió enviar la discusión al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues afirmó que el tema tiene una elevada importancia, por lo que sería necesario el debate de los 11 ministros.

La propuesta para que los militares se sigan en la seguridad pública del país hasta 2024 fue enviada a la Primera Sala de la SCJN para su revisión, por lo que este miércoles fue revisada por la ministra, quien resolvió que la discusión de sólo 5 ministros no bastaría para una resolución satisfactoria.

La propuesta de AMLO llegó al poder judicial después de que varios legisladores de la Cámara de Diputados se manifestaron en contra de la medida alegando la falta de constitucionalidad del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en mayo del 2020.

La impugnación presentada por la diputada Laura Rojas del PAN fue declarada como válida por la ministra que atendió el caso, pues argumentó que existe una: “Invalidez del acuerdo por el que se dispone de la fuerza armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”.

La discusión pasó de la Segunda a la Primera Sala y ahora se tornará al Pleno
EFE/ Carlos López
La discusión pasó de la Segunda a la Primera Sala y ahora se tornará al Pleno EFE/ Carlos López

Ríos-Farjat ya había propuesto declarar válido el acuerdo del presidente, pues presentó un proyecto de resolución en el cual se pretendía declarar que AMLO no violó el principio de división de poderes con el decreto del año pasado, lo que validaba la medida.

El acuerdo presidencial otorga las facultades a la Guardia Nacional para encomendar diversas labores de seguridad pública al Ejército Mexicano y a la Marina de México, acuerdo ante el cual diversas organizaciones civiles se han manifestado en contra, pues temen que se trate de una “militarización” del país.

El asunto ya había llegado a la corte en abril de este año, pues la Segunda Sala se dispuso a su revisión pero se consideró que, debido a su relevancia, debía ser discutido por la Primera Sala.

Este caso fue enviado a la Primera Sala debido a que no se trata de una ley general, por lo que no es necesaria la discusión en el Pleno de la SCJN, pero los ministros pueden acordar el traslado del debate a la instancia más amplia si se considera necesario.

Para que el decreto sea declarado constitucional, deberá contar con el voto aprobatorio de por lo menos 8 de los 11 ministros, incluyendo a su presidente Alturo Zaldívar.

Diversas organizaciones civiles exigen una amplia discusión de la medida
Foto: Presidencia
Diversas organizaciones civiles exigen una amplia discusión de la medida Foto: Presidencia

El colectivo Seguridad sin Guerra ha exigido que no se trate al tema de manera superficial, pues consideran que el asunto tendrá repercusiones importantes en la vida de los habitantes del país, por lo que piden se realicen audiencias públicas con representantes de la sociedad civil.

El asunto será discutido en el primer trimestre de 2022 y se decidirá si el despliegue de más de 80 mil militares a lo largo del país y la asignación de más de 60 mil policías militares a la Guardia Nacional es constitucional y seguirá realizándose.

La organización civil México Unido contra la Delincuencia (MUD) ya ha conseguido que el Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa conceda un amparo en contra del acuerdo presidencial de mayo del 2020.

El presidente ya fue notificado del fallo del tribunal pero aún se desconocen las atribuciones y alcances del amparo, pues no se sabe si tiene una afectación general o sólo protege a la organización que presentó la denuncia.

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