Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión del llamado Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT). Es decir, de manera definitiva, frenó la capacidad del Panaut para que no aplique ni afecte a los usuarios hasta que resuelva la Corte resuelva de fondo la controversia que planteó respecto al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
La Primera Sala de la Corte resolvió, cuatro votos a uno, declarar infundado el recurso de reclamación 61/2021-CA promovido por la Presidencia de la República en contra de la suspensión otorgada al IFT en la controversia constitucional 71/2021. Por lo tanto Panaut sigue sin efectos, por lo que queda suspendida la intenci{on de levanta el registro de datos celulares.
El pasado junio, la Suprema Corte admitió una controversia interpuesta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut). En ese momento la ministra Norma Lucía Piña, al dar entrada a la impugnación del Panaut, señaló: “Se admite a trámite la demanda que hace valer en representación del Instituto Federal de Telecomunicaciones, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia”, señala la resolución.
“Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, puntualiza.
El pasado 26 de mayo, el IFT impugnó las diversas disposiciones contenidas en el padrón de celulares, que recopilará los datos biométricos de los usuarios de la telefonía móvil.
En aquel momento, el IFT informó que no cuenta “con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del Panaut con cargo a su presupuesto”
Además, señaló que la totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, “están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”.
El IFT dijo que el ordenamiento legal “contraviene su autonomía presupuestal”, que consiste en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.
Aunque la nueva legislación contempla que el IFT debe emitir el reglamento del padrón, el órgano argumentó “que no podría destinar en este momento recursos al PANAUT” porque el presupuesto aprobado por el Congreso para 2021 “no contempla recursos para poner en marcha dicho registro”.
La reforma causa polémica porque los concesionarios y el Gobierno dejarán sin servicio a quienes no proporcionen sus datos biométricos en un plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para nuevas líneas.
A mediados del pasado mes de abril, el IFT señaló que la implementación e instalación del sistema informático para cumplir con el polémico Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, costará alrededor de 700 millones de pesos al instituto regulador.
Además, el IFT requiere de unos 100 millones de pesos para operar el sistema, cantidad que tampoco se tiene. En julio del 2020, el IFT envió su opinión sobre este registro a la Cámara de Diputados. Posteriormente, en marzo de este año, cuando avanzaba el tema en la Cámara de Senadores, el IFT mandó otra opinión institucional.
En una entrevista radiofónica, Adolfo Cuevas, presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones, expresó la preocupación por el reto que significa el manejo de datos personales, la privacidad y la seguridad, así como las prácticas internacionales y la experiencia fallida del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), que se intentó implementar durante el sexenio del expresidente Felipe Calderón Hinojosa.
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