“Nunca aceptaré que iba en estado de ebriedad”: ministro de la SCJN que fue detenido en Coahuila

Según el informe de la Subsecretaría de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia, el ministro fue detenido en la intersección de Bravo y Calle 10 en la colonia Centro, en Torreón, aproximadamente a las 02:05 horas

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El ministro de la Suprema
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, fue detenido en las calles de Torreón, Coahuila en la madrugada del 9 de octubre por conducir en estado de ebriedad (Foto: Cuartoscuro)

Después de darse a conocer que el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, fue detenido en las calles de Torreón, Coahuila, durante la madrugada del 9 de octubre por conducir en estado de ebriedad, el jurista publicó un comunicado donde afirma: “Nunca acepté ni aceptaré que iba en estado de ebriedad. Simplemente nunca tuve oportunidad de probarlo”.

El hecho se dio a conocer a partir de documentos filtrados a diversos medios de comunicación. Según los reportes, autoridades municipales de Tránsito y Vialidad detuvieron a Laynez Potisek cuando manejaba bajo los efectos del alcohol a bordo de un vehículo modelo Dodge Stratus, año 2006.

Según el informe de detención de la Subsecretaría de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia, el ministro fue detenido en la intersección de Bravo y Calle 10 en la colonia Centro, en Torreón, aproximadamente a las 02:05 horas.

Posteriormente, el detenido fue llevado a las instalaciones de la dependencia, a la que ingresó a las 06:34 horas.

(Foto: Twitter/@SCJN)
(Foto: Twitter/@SCJN)

En un comunicado, publicado a través de la cuenta de Twitter de la SCJN, afirmó que la detención que realizó el agente de la Policía Municipal de Torreón “estuvo fuera de cualquier retén o protocolo de alcoholímetro”. Reveló que para justificar la detención el agente anotó la infracción de tránsito denominada “cambio intempestivo de carril”, lo cual, de acuerdo con el ministro, “nunca tuvo lugar”.

Además, dijo que a lo largo del proceso no tuvo acceso a un médico, una autoridad, un juez, un ministerio público y “mucho menos con un representante de derechos humanos”.

“Al día siguiente, siguiendo las instrucciones que les dieron, mis familiares realizaron el pago de $6,500 pesos (”únicamente en efectivo”). Y a pesar de la solicitud expresa, les negaron cualquier recibo o comprobante”, señaló el ministro.

No obstante, declaró que está “totalmente” de acuerdo con la lucha y los operativos anti-alcohol. “Nadie tiene derecho a manejar en estado de ebriedad y esta conducta debe ser sancionada con severidad”, dijo.

Al ser cuestionada sobre el
Al ser cuestionada sobre el incidente, la Dirección General de Comunicación Social de la SCJN afirmó que no existe ninguna posición institucional porque se trata de “un tema personal” (Foto: Cuartoscuro)
“Estos operativos deben de sujetarse a estrictos estándares que eviten la corrupción y respeten los derechos humanos de la ciudadanía”

Por último, mencionó que no presentará una denuncia y que no tiene “absolutamente nada que ocultar ni de qué avergonzarme”, concluyó Laynez.

Al ser cuestionada sobre el incidente, la Dirección General de Comunicación Social de la SCJN afirmó que no existe ninguna posición institucional porque se trata de “un tema personal”.

Javier Laynez Potisek es originario de Torreón, Coahuila. Fue nominado por el ex presidente Enrique Peña Nieto a la SCJN y ejerce su posición como ministro desde el año 2015. En enero de 2019 fue designado como Presidente de la Segunda Sala del máximo tribunal donde permanece hasta el momento.

(Foto: Eje Central)
(Foto: Eje Central)

El magistrado fue licenciado en derecho por la Universidad Regiomontana. Posteriormente, realizó su doctorado en la Universidad de París IX Dauphine. Laynez Potisek ha sido profesor tanto en el Colegio de México como en el Centro de Investigación y Docencia Económicas. Además, ha recibido condecoraciones por parte del gobierno de Austria y de España.

Según las leyes vigentes de la entidad, al momento de ser detenido por incurrir en la falta, el magistrado pudo haber sido penado con las siguientes disposiciones: “Se impondrá de uno a tres meses de prisión y de doscientos cincuenta a quinientos días multa, o libertad supervisada  de  uno  a  tres  meses  y  de  doscientos  cincuenta  a  quinientos  días  multa  y,  en  cualquier caso, suspensión de derechos para conducir vehículos, de tres meses a un año, a quien en vía pública maneje un vehículo automotor en estado de ebriedad o bajo el influjo de narcóticos”.

Esto según la fracción uno del artículo 326, que corresponde a la “Conducción  de  vehículos  en  estado  de  ebriedad  o  bajo  influjo  de  narcóticos,  sin  prestar  servicio público”.

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