Desde que se anunció que los jóvenes mayores a 18 años estarán obligados, a partir del 2022, a tramitar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mucho se ha especulado respecto a las implicaciones que tendría el incumplimiento de dicha implementación.
Ante un panorama sin esclarecer, Raquel Buenrostro, titular del SAT, ofreció una breve entrevista a medios de comunicación que la esperaban en las afueras de la Cámara de Diputados tras su reunión con la Comisión de Hacienda.
Los reporteros que acudieron al encuentro preguntaron inmediatamente sobre las consecuencias que habría para las y los jóvenes que cumplen 18 o que ya los tienen y no realizan su registro ante la institución que dirige.
En ese sentido, y con un tono relajado, Buenrostro Sánchez aseguró que no se tiene planeado sancionar a las y los mexicanos que apenas cumplan su mayoría de edad, en cambio, aseguró que lo que buscará el SAT, en un primer momento, es garantizar la difusión del compromiso cívico con el Estado.
Al respecto, especificó que la relación con el SAT es inevitable, pero que dijo que si ya se cumplió con la mayoría de edad y se recibe alguna beca en una cuenta bancaria, será necesario el RFC, así como la firma electrónica, pues son muchos los trámites que necesitan esa información.
“Creemos que si las personas, desde que empiezan a tener mayoría de edad, son conscientes de que tienen que contribuir con su país, podemos ir eliminando esa búsqueda por no pagar impuestos y por ver cómo este cometer evasión y elusión fiscal”, explicó respecto a la búsqueda de una nueva conciencia tributaria.
“Es mentira que se tenga algún tipo de sanción”
Respecto a los datos con los cuales podrían pedirle la contribución a los jóvenes, especificó que el SAT mismo cuenta con un padrón de registro. “En el caso de las personas físicas tenemos los asalariados y asimiladas, también tenemos un bloque que se llaman sujetos no obligados”. Estos últimos son los que no pagarán tributo al Estado.
“Mientras el estudiante no sea un trabajador o no tenga ingresos, es un sujeto no obligado, eso quiere decir que no presenta absolutamente nada de información […] Si acaso se registra, saca su firma electrónica y ya queda en el sistema como sujeto no obligado”
Este bloque también contempla un estado de inactividad por desempleo o por trabajos temporales, a lo que el SAT implementó una manera de actualizar dicha información muy fácil.
“Supongamos que es un joven que en el verano trabaja un rato y recibe un ingreso, el SAT supone que es muy poquito dinero, por lo que cae perfectamente el régimen simplificado. Entonces, lo único que pasaría es que el SAT le hace su declaración prácticamente de manera automática y le cobra el 1% de sus ingresos. Y el día que deje de trabajar, se mete desde su teléfono al portal del SAT y dice sin actividades y automáticamente ya queda sin actividades”, refirió para este tipo de casos.
Bajo esta lógica, Buenrostro insistió en que como se encuentra la institución en una etapa de transición, donde lo que se busca es el cambio cultural más que la sanción, el SAT se compromete a establecer diálogos con las escuelas y universidades públicas para informar a los jóvenes sus derechos y obligaciones fiscales.
Ante la pregunta directa de si se va a sancionar a las y los jóvenes que no se registren, la titular reiteró su respuesta: “no, no, no, no […] lo que tenemos que hacer es difusión, enseñar, incorporar y vamos, vamos viendo en el camino, pero en principio no es el objetivo del SAT”.
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