Paso a paso: cómo sacar una cita en el SAT

Recientemente, el Sistema de Administración Tributaria desarrolló una aplicación móvil para agendar citas en los módulos u oficinas de la dependencia

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Trámites como la recuperación de
Trámites como la recuperación de contraseña o la renovación de la e.firma se podrán realizar en los módulos del SAT (Foto: REUTERS/Daniel Becerril)

Realizar trámites fiscales es una tarea que puede ser frustrante si no se conocen los pasos correctos para poder llevarlos a cabo. Desde hace algunos años, el Sistema de Administración Tributaria (SAT), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) implementó un sistema de citas para atender las inquietudes de los contribuyentes de una forma mucho más oportuna y eficiente.

Cabe destacar que, en el contexto de pandemia por COVID-19, las citas se convirtieron en una de las formas más comunes para dar seguimiento a varios trámites, incluidos los asuntos fiscales. Recientemente, el SAT desarrolló una aplicación móvil para facilitar un sistema que permite a los contribuyentes gestionar, reservar, consultar y cancelar citas de manera inmediata y sin intermediarios.

Gran parte de los trámites del SAT requieren realizarse a través del sistema de sitas, los más comunes son la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la adquisición y renovación de la e.firma, antes conocida como FIEL (Firma Electrónica) vencida, tramite y recuperación de contraseñas para el sistema web del SAT o cambios de régimen fiscal.

Recientemente, el SAT habilitó una
Recientemente, el SAT habilitó una plataforma móvil para agendar citas con el órgano fiscal (Foto: SAT SHCP)

Sin embargo, el portal web del SAT también permite realizar varios trámites que no necesitan que acudas a las ventanillas del órgano fiscal, entre ellos las actualizaciones y servicios al RFC, cambios de domicilio, declaraciones provisionales o anuales, activación del famoso Buzón Tributario y la obtención de certificados de sellos digitales, aunque para realizar estos trámites es imprescindible tener a la mano uno o varios documentos que necesariamente deben ser tramitados en las oficinas del SAT.

Cómo obtener una cita en el SAT

Para agenda una cita mediante el sitio web se deben realizar los siguientes pasos:

1. Ingresar al portal del SAT a través de la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/home y buscar la opción “Otros trámites y servicios” en la sección principal

2. Elegir la opción “Agendar cita”, que llevará a los contribuyentes al sitio web de la solicitud de citas. Una vez llegada a esta parte, dar clic en la opción “Registrar cita”

3. Seleccionar una entidad federativa y el módulo u oficina del SAT a la que se desea acudir. A un costado de la página los contribuyentes podrán visualizar todas las opciones de trámites disponibles; sin embargo, no se debe perder de vista que algunos módulos no ofrecen dichos servicios

4. Escribir el código de seguridad captcha que solicita el SAT e ingresar los datos del contribuyente (nombre completo, RFC y correo electrónico)

5. Elegir la fecha y hora en la que se desea acudir a la cita y aceptar los términos y condiciones

6. Descargar e imprimir el acuse de recibo, que también llegará a la dirección de correo electrónico que ingresaste para registrar la cita

A través del portal web
A través del portal web del SAT se pueden realizar varios trámites fiscales que no requieren acudir a los módulos u oficinas (Foto: Pixabay)

Aunque se puede asistir a los módulos del SAT sin cita, lo más recomendable es agendarla mediante el sitio web o la aplicación móvil, ya que por la alta demanda del servicio será casi imposible acudir y ser atendido.

Asimismo, es importante tener en cuenta que, si eres de los afortunados que encontraron un espacio en la agenda del órgano fiscal, pero por alguna razón no puedes acudir, podrás cancelar y liberar el espacio de la cita con antelación en el mismo sitio donde realizaste el registro, es decir, a través de la siguiente página web: https://citas.sat.gob.mx/

En caso de no hacerlo, tendrás una sanción por inasistencia y con dos amonestaciones el SAT te impedirá registrar una nueva visita por los siguientes 5 días naturales a partir de la segunda inasistencia.

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