Rosario Robles, una de las secretarias del gabinete del expresidente Enrique Peña Nieto (2012-2018) nuevamente está bajo el escrutinio. Ahora por haber ganado una de las batallas que, desde la cárcel, ha emprendido con la actual administración. Específicamente, con el fiscal General de la República, Federico Gertz Manero, a quien un juez de Distrito le prohibió hacer comentarios sobre la exfuncionaria señalada en la trama de corrupción conocida como La Estafa Maestra.
Augusto Octavio Mejía Ojeda, titular del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió a Rosario Robles un amparo debido a la presunta violación de su derecho a la presunción de inocencia y debido proceso.
A través de la cuenta de Twitter de la exfuncionaria, su hija (quien maneja su perfil en dicha red social) informó sobre esta decisión la noche de este 4 de octubre, reiterando que la obtención del recurso procedió contra el titular de la FGR. El amparo 348/2021-III data del 3 de septiembre del 2020 y había sido retomado tiempo después por las dilataciones que se establecieron en el Poder Judicial por las medidas sanitarias relacionadas al COVID-19.
La denuncia de Robles se dio luego de que el pasado 12 de agosto, durante su participación en la sesión digital del Seminario sobre Violencia y Paz de El Colegio de México, llamada “El caso Lozoya. Un diálogo con Alejandro Gertz Manero”, el fiscal comparó el caso de Emilio Lozoya con el de Rosario Robles, al explicar por qué el primero enfrenta su proceso en libertad mientras que la segunda lo ha llevado encerrada desde hace dos años. Entonces el fiscal mexicano, en su respuesta, dio por sentada la culpabilidad de la acusada, desestimando así la presunción de inocencia que tiene por ley una persona cuyo proceso penal sigue sin ser resuelto.
“Es muy sencillo. Bien, este individuo (Emilio Lozoya) está haciendo una oferta formal y una denuncia de hechos de una circunstancia que ha generado un daño patrimonial de alrededor de 400 millones de pesos, él lo está presentando, él está pidiendo eso. En el otro caso (Rosario Robles), no hay eso y es un daño por 15,000 millones de pesos donde están involucradas la mayor parte, o una buena parte, de las instituciones públicas de educación superior del país, Sergio (Aguayo)”, señaló en su respuesta Gertz Manero.
“Por favor, es decir, la jerarquía de los daños merecerían la conducta solidaria con el Estado mexicano para descubrir esa famosa llamada ‘estafa maestra’ que no solamente daño con miles de millones de pesos, sino con una conducta reiterada en donde se involucraron a las instituciones que para nosotros son fundamentales. Las instituciones de educación superior, que hayan sido usadas para un fin de esa naturaleza y que tengamos 27 casos con decenas de personas procesadas y gente que ha huido, ya teniendo sentencias o toda clase de procedimientos probados”, concluyó.
Por qué el fiscal violentó los derechos de Rosario Robles
La presunción de inocencia es un principio al que todo acusado tiene derecho, al menos en las leyes mexicanas. Asimismo, diversas declaraciones o estatutos sobre los derechos humanos, de carácter universal, también son muy claros al respecto de ese derecho como fundamental en esa materia.
En el Artículo 20 de la Constitución mexicana, en el primer punto de su apartado B, establece que el imputado tienen derecho “a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa”.
Mientras que el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su Artículo 13, “Principio de presunción de inocencia”, señala: “Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en este Código”.
Por otro lado, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en su Artículo 11 menciona que toda persona acusada de un delito “tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. Mientras que en el Artículo 14.2. del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se manifiesta que toda persona acusada de un delito “tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley”.
Así, el Juzgado de Distrito hizo valer el derecho de presunción de inocencia de la presunta responsable del desvío de recursos del Estado conocido como La Estafa Maestra, una investigación de Animal Político en la que se descubrió que Petróleos Mexicanos (Pemex), a través de servicios contratados en universidades estatales, desvió miles de millones de pesos a empresas fantasmas.
Una de las presuntas responsables es Rosario Robles, quien estuvo a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) durante el sexenio de Peña Nieto. De acuerdo con la investigación, ella formó parte del entramado político que realizó una afectación al erario de Pemex de 5.500 millones de pesos.
Las investigaciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) arrojaron que Robles, al frente de la Sedesol, desvió más de 1.787 millones de pesos en 2015 a través de una red de “simulación de servicios” con la complicidad de varias universidades. De tal modo que la FGR le abrió una investigación por su probable responsabilidad en los delitos de ejercicio indebido del servicio público y omisión.
El fiscal Alejandro Gertz Manero ha quedado impedido de hacer alguna declaración más sobre lo relacionado al proceso de Rosario Robles, pues aunque exista una investigación en proceso, él no tiene derecho de pronunciarse de manera definitiva en el caso hasta que un juez determine la responsabilidad de los actos que se le acusan.
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