Con consignas de “Viva Cristo Rey” y “vida sí, aborto, no”, alrededor de 6,000 personas, invitadas por organizaciones civiles y la Dimensión Episcopal de Vida de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), se dieron cita en el Auditorio Nacional para marchar rumbo al Ángel de la Independencia contra la interrupción del embarazo.
Este domingo 3 de octubre, las y los marchantes se manifestaron contra las interpretaciones constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la persecución de las mujeres que abortan, la objeción de conciencia y el reconocimiento de la vida humana desde la concepción.
Los inconformes, vestidos de blanco y adornados con un pañuelo azul, alzaron la voz con consignas e imágenes religiosas. De tal modo que a la par de los manifestantes se podrían apreciar imágenes de la Virgen de Guadalupe y de Cristo. Asimismo, en redes sociales se viralizó la etiqueta #MeLateElCorazon y #MexicoEsProvida.
En una nota para La Jornada, Lianna Rebolledo, vocera de la marcha, dijo que su lucha radica en exigirle a la SCJN la protección tanto de la mujer como de la de “sus bebés en el vientre” y aseguró que la interrupción de la gestación es una “puerta falsa” a los problemas sociales.
“No podemos pensar que acabando con una vida vamos a resolver los problemas sociales, es ilógico creer eso, el aborto es una puerta falsa, no soluciona nada. Las mujeres deben saber que hay alternativas, el aborto nunca puede ser la solución, al contrario México no necesita más violencia, porque el aborto es violencia”
De acuerdo con su testimonio, a la marcha acudieron personas ajenas a la fe católica, que se vieron manifestadas en las calles de la Ciudad de México. “(personas) ateas, políticos, académicos e integrantes de la sociedad civil. Todos queremos manifestarnos pacíficamente, y hacer un llamado a la Suprema Corte para que ofrezca medidas de seguridad y protección a las mujeres”.
“Para nosotros esto no es una cuestión de religión o de política, es una cuestión de conciencia. Esto va a mucho más allá de de cualquier credo”
Asimismo, se tiene el registro de más de 70 ciudades a lo largo de la república donde también se manifestaron con el pañuelo azul; no obstante, fue en la capital nacional donde se concentraron más personas para manifestarse contra las determinaciones de la Suprema Corte.
¿Contra qué se manifiestan?
En septiembre de este año la SCJN realizó una serie de interpretaciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en virtud de garantizar y promover los derechos reproductivos de las mujeres y personas gestantes en el país.
Desde que iniciaron las sesiones, las y los magistrados de la Sala Superior de la máxima autoridad judicial actuaron en función del Estado de derecho y en respeto de la laicidad. Al respecto, determinaron tres puntos primordiales en este tema.
1.- Contraviene a la CPEUM perseguir y sancionar a las mujeres y personas gestantes que se practiquen un aborto
Este punto no nada más aplica a la persona en quien recae la práctica del aborto, sino también al personal médico que facilite o realice directamente la acción. De este modo, enfermeros, enfermeras, camilleros, personal administrativo y médico que lleve a cabo la interrupción de un embarazo no deberá de ser perseguido por el gobierno.
Si fuera el caso de que ya exista esta persecución en agravio de alguien, las autoridades judiciales deben de adoptar el criterio de la SCJN y dejar sin acción penal a la persona.
2.- Se declara inconstitucional reconocer “la vida humana desde la concepción”
Con esto, se nulifica la argumentación central que sustenta el “delito de aborto”, pues el derecho nacional actúa en virtud de la protección y promoción de las garantías del ser humano. Por lo que determinaron que la gestación en etapa temprana no es un ser humano.
3.- Se abolió la “objeción de conciencia” en el personal de salud
La SCJN reconoció la objeción de conciencia como un derecho y garantía individual; sin embargo, el personal sanitario del Estado no puede poner este derecho por encima de los derechos sanitarios y a decidir de las mujeres y personas gestantes. De este modo, la manifestación de la objeción de conciencia se queda nulificada en las prácticas médicas, mismas que están sujetas al servicio del Estado, es decir, no están condicionadas a la voluntad individual.
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