El pasado 07 de septiembre, la Cámara de Diputados expidió la Ley de Revocación de Mandato tras la aprobación de los artículos reservados en el proyecto de decreto. Esta iniciativa fue impulsada por Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien sería el primer presidente a someterse a un proceso de consulta popular sobre si debe o no permanecer con su cargo.
De acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), la revocación de mandato es una figura democrática directa en la que los ciudadanos eligen si un funcionario público electo para cierto periodo continúa o no con su mandato. De esta forma, se pretende darle poder a la ciudadanía para que evalúe a su representante y decida si lo mantiene o no en el Poder Ejecutivo.
La premisa con la que parte esta iniciativa es la popular frase de “el pueblo quita, el pueblo pone”, la cual ha sido utilizada en reiteradas ocasiones por AMLO para promover una de sus principales promesas desde que asumió el cargo en 2018. En este sentido, se espera que para 2022 el tabasqueño se someta a este proceso.
En 2019, el Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional con la que se creó la figura de “revocación de mandato” del presidente de la República y, desde entonces, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el proceso se llevará a cabo con base en una convocatoria dada a conocer por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de la ciudadanía en número equivalente al 3% de los inscritos en la lista nominal de electores, correspondientes a por lo menos 17 entidades federativas.
Además, este proceso solo se podrá hacer en una sola ocasión y durante los primeros tres meses posteriores a la conclusión del tercer periodo constitucional. Para iniciarlo, la ciudadanía podrá recabar firmas para la solicitud de revocación en el mes previo a la fecha antes señalada. La consulta popular se realizará mediante el voto libre, directo y secreto, durante el siguiente domingo a los 90 días posteriores a la convocatoria y en una fecha que no coincida con jornadas electorales federales o locales.
Según lo también asentado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para que el proceso de revocación de mandato sea válido, debe participar por lo menos el 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores y sólo procederá por mayoría absoluta. Asimismo, el INE tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, así como la emisión de resultados, los cuales podrán ser impugnados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), órgano que realizará el cómputo final del proceso que también se encargará de la declaratoria de revocación.
La lista nominal registrada en el INE es de 93,671,697 personas, esto quiere decir que para que el resultado de la consulta sea vinculante, se requiere una asistencia mínima de 37,468,678 ciudadanos, de los cuales, 24,979,120 deberán votar para que se retire al mandatario nacional.
En caso de que la mayoría de los ciudadanos decida quitar al presidente, quien asumirá provisionalmente el poder Ejecutivo será quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión, puesto actualmente ocupado por la ex magistrada Olga Sánchez Cordero. Después de 30 días, el Poder Legislativo nombrará a un presidente sustituto para que finalice el sexenio en curso.
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