El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar una copia electrónica del documento que aprueba en el uso en México de la vacuna CoronaVac, de Sinovac, en contra del COVID-19.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada presidenta del INAI, explicó que se trata de “un documento en el cual se determinó que -la vacuna- podría ser aplicada a la población por lo que por su propia naturaleza no implica peligro para una persona o grupo de personas en específico”.
El pasado primero de junio, la Organización Mundial de la Salud (OMS) aprobó el uso de emergencia de la vacuna contra el COVID-19 llamada CoronaVac, del laboratorio chino Sinovac, segunda de fabricación china que obtiene esta luz verde después de que a principios de mayo lo consiguiera la desarrollada por Sinopharm.
Se trata del sexto fabricante que logra entrar en la lista de uso de emergencia, después de que antes lo consiguieran las vacunas de Pfizer (primera en hacerlo), Moderna, AstraZeneca, Johnson & Johnson y Sinopharm.
Los estudios clínicos en fase 1 y 2 de la vacuna de Sinovac fueron publicados en The Lancet en noviembre y mostraron buenos resultados tanto a nivel de inmunogenicidad como de seguridad, con efectos secundarios leves similares a los asociados a otras vacunas aprobadas. La vacuna china ha tardado más en ser aprobada, respecto a las de EEUU o Rusia, por ejemplo ya que los análisis de seguridad debieron redoblarse al tratarse del virus completo.
Recientemente, China reconoció que su vacuna tenía una baja eficacia, en concreto del 50,4%. Sin embargo, distintos estudios han ofrecido un rango de resultados muy amplio y por ejemplo en Chile, donde se ha autorizado este fármaco. Allí, se han reportado datos de un 85% en prevención de la enfermedad grave (hospitalización) y 80% frente a la mortalidad.
Al presentar el asunto ante el Pleno del instituto, Ibarra Cadena destacó que como parte de los esfuerzos para controlar y mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2, “la comunidad científica y las autoridades de diversas partes del mundo sumaron esfuerzos para lograr el desarrollo de vacunas contra este padecimiento que, de acuerdo con la Universidad Johns Hopkins, a la fecha ya registra más de 178.6 millones de casos confirmados y más de 3 millones 860 mil defunciones en todo el orbe”.
Cabe señalar que esta resolución se obtuvo luego de que una solicitud de información dirigida a la Cofepris, relacionada con ese informe por el cual se aprobó el uso de la vacuna CoronaVac contra COVID-19 en México.
Entonces, la persona que solicitó los datos obtuvo como respuesta que la información solicitada era reservada, de conformidad con el artículo 110, fracciones I, II, V y VIII de la Ley Federal de Transparencia, por considerar que su difusión podría menoscabar la seguridad nacional, las relaciones internacionales, la seguridad de las personas y los procesos deliberativos en trámite.
Y fue ahí que el solicitante acudió al INAI, cuyo análisis establece los argumentos bajos los que se negó dar la información pedida no era procedentes. Y es que, entre otras cosas, el INAI señaló que Cofepris no precisó si existía alguna negociación internacional para reservar la información con carácter de Estado, o que tampoco aportó elemento alguno que permitiera inferir la vertiente que pretendió hacer valer como supuesto de protección de la información.
La comisionada presidenta señaló también que la información pública disponible en el portal de la Secretaría de Relaciones Exteriores sobre los contratos para la adquisición de las vacunas, de interés para la parte recurrente, ya cuenta con autorización para su aplicación, y ya se está aplicando en el país, por lo que no se acredita que exista alguna otra negociación en curso vinculada con el tema.
Además dejó claro que la información requerida no pone en riesgo la vida, seguridad o salud de alguna persona física en concreto, ya que se trata del documento mediante el cual se aprobó en nuestro país el uso de la vacuna contra COVID-19, conocida como CoronaVac.
Asimismo, se estableció que si bien el sujeto obligado señaló que el procedimiento de vacunas contra el virus SARS-CoV-2 se encuentra en un proceso de evaluación que no ha concluido, lo cierto es que la Cofepris autorizó la vacuna CoronaVac mediante el Comité de Moléculas Nuevas.
“En la coyuntura de la crisis sanitaria que estamos viviendo y, en concreto del proceso de vacunación que está en desarrollo y continuará en los meses venideros, garantizar la publicidad de la información en este asunto constituye una vía para que la ciudadanía renueve su confianza en las autoridades y siga evaluando la gestión en estos tiempos tan apremiantes que vivimos”, sostuvo Ibarra Cadena.
Así, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Cofepris a efecto de que entregue copia en versión electrónica del documento por medio del cual se aprueba el uso de la vacuna CoronaVac contra COVID-19 en territorio mexicano.
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