Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó la primera suspensión definitiva contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) con la cual, el beneficiado no estará obligado a entregar sus datos personales ni biométricos, así como tampoco será cancelada su línea telefónica como consecuencia de lo anterior.
En la audiencia realizada este martes, el juez señaló que: “La suspensión definitiva se concede para el efecto de que no se aplique al quejoso la obligación establecida en la norma reclamada consistente en registrar su línea telefónica móvil en el Panaut y, en consecuencia, no le sea cancelada por su falta de registro”.
La reforma aprobada por el Senado de la República que da luz verde a la creación de dicho padrón, establece que los datos registrados ayudarán a las autoridades de seguridad en investigaciones criminales.
Sin embargo, la implementación del Panaut, no asegura que disminuya la incidencia delictiva inmediata y directamente, aseguró Gómez Fierro.
“Si la finalidad de ese padrón es que exista una base de datos para el intercambio de información entre el Instituto Federal de Telecomunicaciones y las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos, ello no quiere decir, que la sola vigencia de la norma provocará, en automático, la disminución de los delitos o, en su caso, que dichas autoridades puedan investigar delitos que antes no podían por la falta del Panaut”,
Con lo anterior, el quejoso no está obligado a entregar sus datos personales y biométricos (huellas dactilares, lectura de rostro e iris) y tampoco tendrá consecuencias por no hacerlo.
El objetivo de crear un padrón nacional, de acuerdo con el Poder Legislativo, es que los celulares robados son utilizados para cometer delitos desde extorsiones hasta secuestros.
Sin embargo, el registro de miles de usuarios no garantizará que cesen las llamadas de extorsión, pues según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hasta 2018 fueron registrados 5,7 millones de delitos de extorsión,
Hasta este martes, fueron recibidos alrededor de 81 amparos, pero no todos han sido aceptados, esto porque a quienes los solicitan aún no se les han pedido los datos.
De acuerdo con las modificaciones a esta ley, existe un plazo máximo de dos años para que las empresas de telefonías móviles recaben los datos de más de 126 millones de usuarios que son titulares de alguna línea telefónica activa.
El registro en el Panaut puede afectar a derechos humanos tales como el derecho al acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
Por su parte, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentará una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“Lo que se pone en riesgo no es un tema menor, es la protección de datos personales de millones de personas en México, de tus datos, mis datos y de todos los que queremos y necesitamos contar con un teléfono celular”, destacó el comisionado del INAI, Adrián Alcalá.
El partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) fue el responsable de proponer la iniciativa que entró en vigor el 17 de abril después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con la justificación de que así se combatirán crímenes como extorsiones telefónicas, secuestros y el crimen organizado.
Entre los datos que se deben proporcionar al ser titular de una línea móvil, está el número de línea, fecha y hora de activación, nombre completo del usuario, Clave Única de Registro de Población (CURP) y datos biométricos.
SEGUIR LEYENDO: