El Senado mexicano planea discutir en comisiones este lunes la creación de una nueva Ley de Cinematografía para el país, la cual contempla regular la exhibición y disponibilidad de películas y series mexicanas en cines y plataformas digitales de streaming como Netflix: deberán reservar un espacio de al menos 15% de su tiempo total de exhibición y en sus catálogos para el contenido nacional.
La propuesta es impulsada por Ricardo Monreal, el líder de los senadores de Morena, el partido de la mayoría en el Senado. El proyecto plantea abrogar la Ley Federal de Cinematografía y expediría la nueva Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual.
Las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía, y de Estudios Legislativos, Segunda, convocaron a reunión este lunes para abordar, entre otros puntos, el dictamen por el que se expide esta nueva legislación.
Monreal aseguró que la iniciativa se construyó con la participación de especialistas y sectores involucrados en la industria, como la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas. “Estaremos apostando por el talento nacional que en ésta y otras industrias ha demostrado ser capaz de competir a nivel internacional, como lo demuestran las múltiples nominaciones y los galardones a que se ha hecho merecedor nuestro cine”, argumentó el senador morenista.
La iniciativa
El documento que se discutirá este lunes en comisiones del Senado plantea que, por regla general, las obras cinematográficas deberán ser exhibidas en su idioma original, de acuerdo con el dictamen consultado por Infobae México.
“Atendiendo a las preferencias de las audiencias y a las regiones del país, se podrá realizar el doblaje de hasta un cincuenta por ciento del total de copias que se pretenda exhibir en territorio nacional. Las obras cinematográficas clasificadas para público infantil y documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”, señala la propuesta.
Además, propone que “los exhibidores reservarán el 15% del tiempo total de exhibición, para la proyección de obras cinematográficas nacionales en sus respectivas salas cinematográficas, salvo lo dispuesto en los tratados internacionales en los cuales México no haya hecho reservas de tiempo de pantalla”.
Los horarios de exhibición de las obras cinematográficas nacionales que se proyecten en cumplimiento del derecho de reserva deberán ser equitativos
Toda obra cinematográfica nacional, precisa el dictamen, se estrenará en salas por un periodo no inferior a siete días consecutivos en horarios estelares de exhibición, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que sea inscrita en el Registro Público correspondiente.
Las sanciones dependerán de las gravedades de las faltas, pero podrán ir de 6,000 a 15,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, desde los 537,000 a los 1.3 millones de pesos. En caso de reincidencia, se podrá imponer multa hasta por el doble del monto superior.
Asimismo, el dictamen precisa que las plataformas digitales reservarán el 15% de su catálogo para producciones cinematográficas y audiovisuales nacionales, cuya producción no exceda veinticinco años atrás.
“Éstas deberán ser producidas por productor nacional que no sea controlado por la plataforma digital correspondiente o esté sujeto a un control común con una empresa que forme parte del grupo de interés económico de la propia plataforma digital”, remarca la nueva legislación que se discutirá en el Senado.
“Con el fin de promover la visualización del catálogo de obras cinematográficas y audiovisuales nacionales, las plataformas (…) deberán de generar los algoritmos necesarios para asegurar la promoción que se hace al usuario final en todas las ventanas, segmentos y canales de comunicación a través de los cuales ofertan las obras”, agregaron.
Por otra parte, el documento consultado por este medio también dicta que los precios por la exhibición pública serán fijados libremente. “Su regulación es de carácter federal”, ahondaron.
También precisa que, con el fin de conservar la identidad lingüística nacional, el doblaje de largometrajes y cortometrajes extranjeros se realizará en la República mexicana, con personal y actores mexicanos o extranjeros residentes en el país, salvo las disposiciones contenidas en convenios o tratados internacionales.
“La obra cinematográfica deberá exhibirse, comercializarse, comunicarse y distribuirse al público en territorio nacional con el mismo título, salvo que el titular de los derechos patrimoniales autorice su modificación”, indica la iniciativa.
La propuesta de Monreal contempla que la nueva ley, una vez aprobada por ambas del Congreso y firmada por el presidente del país, Andrés Manuel López Obrador, entrará en vigor a los 120 días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El artículo 41 hace referencia a la creación del Sistema Nacional de Información de la Industria Cinematográfica y Audiovisual Nacional, el cual estará a cargo del Instituto Mexicano de Cinematografía y el Audiovisual.
Tendrá como objetivos recabar, analizar y sistematizar la información referente a la producción, distribución o exhibición y comercialización de la cinematografía y el audiovisual nacionales; establecer un registro histórico; analizar el funcionamiento de los Estímulos fiscales y los recursos destinados a la Cinematografía; entre otros.
Además, remarca que, para el otorgamiento de las clasificaciones previstas (desde “AA” hasta “D”), los productores y distribuidores de obras cinematográficas nacionales deberán aportar a la Secretaría de Cultura, a través de la Cineteca Nacional, para efectos de preservación y de conformación del patrimonio cultural cinematográfico nacional, una copia nueva de la obra cinematográfica en cualquier formato o modalidad conocido o por conocer.
En el caso de las obras cinematográficas de procedencia extranjera, el distribuidor deberá aportar una copia digital para fines de consulta e investigación. Las aportaciones que se realicen en términos del artículo señalado tendrán el tratamiento, para efectos fiscales, que establezcan las disposiciones en la materia.
El documento además busca fomentar los estímulos e incentivos fiscales a las personas físicas o morales que promuevan la producción, distribución, exhibición, comercialización y promoción de Obras Cinematográficas realizadas en México.
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