Por qué el INAI considera que la recolección de datos biométricos representa un riesgo latente para los mexicanos

Con el visto bueno del Senado, ahora si un ciudadano quiere usar un dispositivo móvil no le quedará otra que darle a su compañía telefónica y al IFT sus datos biométricos, así como información privada sensible

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Los datos biométricos son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona y que son medibles (Foto: EFE)
Los datos biométricos son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona y que son medibles (Foto: EFE)

Luego de que el Senado de la República aprobó este martes la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) mediante la recolección de datos biométricos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) advirtió que esto podría poner en riesgo la seguridad de los mexicanos que adquieran un dispositivo.

A través de un comunicado, el INAI señaló que, por las características de los datos biométricos, se debe limitar al máximo su recolección, pues participan muchos operadores de telefonía.

Se advierte un riesgo potencial al permitir que el manejo de información de carácter biométrico, para fines de identificación personal, pueda ser manipulada por un número elevado de operadores de telefonía, pues se presume que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos

Y es que, con el visto bueno del Senado, si un ciudadano quiere usar un smartphone, no le quedará otra que darle a su compañía telefónica y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sus datos biométricos, así como información privada sensible.

(Captura de pantalla: Twitter)
(Captura de pantalla: Twitter)

Los datos biométricos incluyen las huellas dactilares de los usuarios, el iris de sus ojos, las facciones de su rostro, el tono de voz, la firma y el ADN. El Instituto de Transparencia mexicano explica que estos datos “son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona y que son medibles”.

Por si fuera poco, también deberán entregar el número de teléfono celular, la fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM, el nombre completo del usuario o, en su caso, denominación o razón social del usuario, la nacionalidad; el número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea, el domicilio o dirección, los datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados, y el esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea por contrato o prepago.

En este sentido el instituto autónomo sugirió solo recabar los datos que sean necesarios y adecuados, con los principios, deberes, derechos, procedimientos y obligaciones, previstos en la normatividad en materia de protección de datos personales.

Para el INAI, el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el de los otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles
Una vez que el presidente López Obrador firme la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se publique en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor, el IFT tendrá 180 días para emitir las disposiciones administrativas de carácter general a que se refiere el Decreto (Foto: Pixabay)
Una vez que el presidente López Obrador firme la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se publique en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor, el IFT tendrá 180 días para emitir las disposiciones administrativas de carácter general a que se refiere el Decreto (Foto: Pixabay)

Con una votación de 54 a favor, 49 en contra y 8 abstenciones, el Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular una minuta que le envió la Cámara de Diputados para crear el PNUTM. Cabe mencionar que la aprobación del padrón se dio con la oposición de las bancadas del PAN, PRD, PRI y Movimiento Ciudadano al considerar que la recopilación de los datos es inconstitucional y violatoria de los derechos humanos.

El objetivo de la reforma es que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y el IFT, así como las telefónicas, realicen campañas y programas informativos. Estos deberán estar destinados a sus clientes o usuarios para incentivar la obligación de denunciar en forma inmediata el robo o extravío de sus equipos celulares o de las tarjetas de SIM, así como para prevenir el robo de identidad y el uso ilícito de las líneas telefónicas móviles, así como en los casos que se trate de venta o cesión de una linea telefónica móvil.

Sin embargo, los senadores que votaron en contra advirtieron que, en lugar de reducir delitos como extorsión y secuestro, las personas que busquen cometer ilícitos adquieran SIMs en el extranjero o usen líneas ya activadas, y en ningún caso registrarán sus propios datos.

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