“Violación al debido proceso”: el argumento del presidente del Tribunal Electoral en el caso Salgado Macedonio

José Luis Vargas Valdez explicó en sus redes sociales los motivos por los que el INE debe analizar de nuevo las sanciones al candidato de Morena a la gubernatura de Guerrero, así como Raúl Morón en Michoacán

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El presidente de la Sala Superior del TEPJF ofreció su punto de vista en redes sociales (Foto: Twitter @JL_VargasV)
El presidente de la Sala Superior del TEPJF ofreció su punto de vista en redes sociales (Foto: Twitter @JL_VargasV)

El magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas Valdez, argumentó este domingo en sus redes sociales sus razones para considerar que el INE (Instituto Nacional Electoral) debe volver a revisar la cancelación de la candidatura de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón, ambos candidatos del oficialista Morena, a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, respectivamente.

“En ambos casos, el INE negó los registros a los candidatos propuestos por el partido, debido al incumplimiento en el tiempo de entrega de los informes de gastos, lo que implicó la afectación al derecho fundamental de votar y ser votado”, escribió en Twitter Vargas Valdez, ampliamente criticado por los expertos por su defensa de los candidatos de Morena.

Sin embargo, antes de imponer una sanción de esa magnitud, la autoridad debe garantizar los derechos de debida defensa a las y los posibles afectados, lo que me parece que en esta ocasión no sucedió
Mario Delgado pidió este domingo que no haya "mano negra" en el INE por candidatura de Salgado Macedonio (Video: Cortesía Morena)

Además, el magistrado presidente agregó que la autoridad fiscalizadora incurrió en violación al debido proceso, porque “no llamó a los precandidatos para que pudieran defenderse y manifestaran lo que a derecho conviniera por falta de entrega de informes que se les atribuía, violando con ello su garantía de audiencia”.

“Aún y cuando el partido hizo llegar a la autoridad los informes de gastos de precampaña de las precandidaturas de ambos estados de manera extemporánea, ello ocurrió antes de que emitiera las resoluciones, y aún así los sancionó con la pérdida de derecho al registro”, ahondó.

Por estos motivos, al entender de Vargas Valdez, “y como la Sala Superior lo ha determinado en diversos precedentes”, se debe considerar que no se actualiza el supuesto de omisión de entrega, sino uno diverso que es el de entrega extemporánea, destacó.

“A mi modo de ver, se debió revocar la resolución impugnada para el efecto de que el Consejo General del INE, realizara una nueva valoración de los hechos e impusiera la sanción que estimara pertinente, por la entrega extemporánea de los informes”, completó.

Vargas Valdez incluso publicó una infografía sobre el caso Salgado Macedonio y el de Raúl Morón para explicar mejor su razonamiento (Foto: Cortesía TEPJF)
Vargas Valdez incluso publicó una infografía sobre el caso Salgado Macedonio y el de Raúl Morón para explicar mejor su razonamiento (Foto: Cortesía TEPJF)

Y es que, al tratarse de asuntos similares, la solución jurídica a la controversia planteada debió ser igual, de acuerdo con el magistrado presidente. “Por eso emití voto particular respecto del caso de Guerrero, pues el tratamiento no es el mismo que se propuso originalmente para Michoacán, con el que estuve de acuerdo”, agregó.

“En ambos casos se analizó exclusivamente el derecho a ser votado, con base al expediente de la solicitud de registro”, concluyó Vargas Valdez. El caso, por mayoría de votos del TEPJF, volvió al INE el viernes pasado.

El Tribunal Electoral solamente concluyó que tanto Salgado Macedonio como Morón sí eran precandidatos de Morena, a pesar de que estos lo han rechazado desde un inicio, y por lo tanto tenían que presentar sus respectivos informes, lo cual no hicieron ni en la fecha marcada ni en el formato obligatorio.

No obstante, el TEPJF no resolvió ni confirmó la sanción del INE. Ahora, el Instituto tendrá 48 horas para definir si mantiene las sanciones interpuestas en un principio y les retira la candidatura o definirá una sanción más laxa, más allá de los seis millones de pesos que Morena sí deberá pagar, como determinó el Tribunal Electoral.

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