Profeco: qué tomar en cuenta al contratar un servicio funerario

El organismo exhortó a los consumidores a denunciar en caso de que los proveedores de servicio incurran en publicidad engañosa o negativas para ofrecer el servicio

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En 2020 se registraron varias
En 2020 se registraron varias quejas hacia prestadores de servicios funerarios en la Procuraduría Federal del Consumidor (Foto: José Luis González/ REUTERS)

A través de un comunicado, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó a la población los derechos que tienen como consumidores de servicios funerarios, entre ellos, conocer con precisión los precios, características y términos en los que se llevará a cabo el servicio antes de contratarlos; cancelar la operación y tener un presupuesto por escrito.

Además, señaló que los prestadores de servicios funerarios deben cumplir con una serie de obligaciones, entre las que destacó tener instalaciones adecuadas para ofrecer los servicios; contar con vehículos adecuados para el traslado exclusivo de cadáveres; respetar los precios otorgados a los consumidores, no condicionar la prestación de los servicios a la adquisición de paquetes y contar con las licencias, permisos, autorizaciones u otra documentación que establezca el orden jurídico nacional que regule las actividades que comprenden los servicios que ofrecen.

Durante el año 2020, los servicios funerarios que registraron más quejas por parte de la Profeco fueron Grupo Gayosso y la compañía Jardines del Tiempo, que acumularon 59 y 33 quejas, respectivamente. A estas funerarias se sumaron los recintos de Servicios a Futuro Perches, Plan de Apoyo de Asistencia Familiar y Cooperativa Previsora del Norte, los cuales acumularon menos de 10 quejas cada uno.

Los servicios funerarios que registraron
Los servicios funerarios que registraron más quejas por parte de la Profeco fueron Grupo Gayosso y la compañía Jardines del Tiempo (Foto: Gustavo Graf/ Reuters)

Los principales motivos de reclamación emitidos por parte de los consumidores hacia la Profeco fueron los siguientes: negativa a proporcionar el producto o servicio, negativa a la rescisión de contrato por incumplimiento de obligaciones y también la negativa a realizar reembolsos.

De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016, en la que se establecen las reglas generales de las prácticas comerciales, requisitos de información, operación, verificación y vigilancia de los servicios funerarios, los contratos de adhesión con relación a este tipo de servicios deberán estar registrados ante la Profeco. En esta instancia se deberán especificar los lugares y horarios donde se prestarán los servicios contratados, así como el precio unitario o total a pagar y una descripción detallada de las garantías existentes, entre otras cláusulas.

Algunas de las recomendaciones que ofrece el organismo al momento de requerir un servicio o un plan funerario son confirmar que se trate de una empresa formalmente constituida ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; consultar el comportamiento del proveedor a través del Buró Comercial de la Profeco; comparar costos con otras empresas mediante el programa Quién es Quién en los Precios mediante el siguiente enlace: https://www.profeco.gob.mx/precios/canasta/default.aspx y también hacer una revisión exhaustiva de las condiciones del contrato para evitar cargos extras al momento de hacer efectivo el servicio.

Además del comunicado, la Profeco
Además del comunicado, la Profeco dedicó un espacio a su publicación impresa del mes de abril (Foto: Captura de pantalla/ Revista del Consumidor)

Asimismo, la Profeco exhortó a los consumidores a realizar las quejas correspondientes a través de sus redes sociales o marcando al Teléfono del Consumidor, 55 5568 8722 y 800 4688722 en el interior del país, en caso de que los prestadores de servicios funerarios no exhiban ni respeten los precios, usen publicidad engañosa, no entreguen notas, comprobantes o facturas, condicionen o nieguen el servicio, apliquen cargos sin consentimiento, viole los términos o condiciones de venta; así como si incurren en actos de discriminación.

En caso de que el consumidor quiera presentar una, deberá proporcionar los siguientes datos:

- Nombre y domicilio

- Describir el bien o servicio que reclame, así como una breve relación de los hechos

- Nombre y domicilio del proveedor que se contenga en el comprobante o recibo que ampare la operación u otra información con la que se pueda localizar al prestador de servicios

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