Por qué el crimen contra Victoria en Tulum tendría que tipificarse como homicidio y no como feminicidio

La abogada Leslie Jiménez explica que el caso no responde precisamente a la tipificación estatal de feminicidio, lo cual podría llevar a que la defensa pida un amparo para la reclasificación

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La abogada Leslie Jiménez explica
La abogada Leslie Jiménez explica que el delito por el que habría que juzgar a los policías de Tulio debería ser homicidio culposo, de acuerdo al código penal de Quintana Roo (Foto: Instagram, @sirakiry / especial).

Después de los hechos ocurridos el pasado 27 de marzo en Tulum, Quintana Roo, donde Victoria Esperanza Salazar, migrante salvadoreña, falleció luego de ser sometida por la policía municipal, se han despertado diversas dudas alrededor del caso, principalmente en cómo está siendo tipificado por las autoridades del estado.

La licenciada Leslie I. Jiménez Urzua, especialista en derecho penal, explica en exclusiva para Infobae México por qué la muerte de Victoria Esperanza debe de ser juzgada como un homicidio y no como un feminicidio.

Es importante explicar que el caso de Victoria no sería un feminicidio, de acuerdo con la explicación de la licenciada Leslie Jiménez, puesto que el homicidio se dio derivado de una detención, mientras los policías llevaban a cabo el procedimiento correspondiente ante un reporte ciudadano, ya que no hay (en el caso) ninguna de las hipótesis que contempla el código penal de Quintana Roo.

La abogada Jiménez cree que
La abogada Jiménez cree que más allá del dolor que puede causar el caso, éste debe de ser tipificado correctamente (Foto: EFE/ Str).

La abogada inició la platica expresando que aunque el caso genere mucho dolor en la sociedad, es importante que sea juzgado de la manera correcta, esto por respeto a la víctima y a sus familiares, quienes ya buscan justicia.

“El feminicidio es un delito que se contempla en los códigos, principalmente, porque es privar de la vida a una mujer por razones de género, esta privación de la vida debe de realizarse de forma dolosa, es decir, que la persona lo quiera hacer”, explicó la abogada Jiménez.

El feminicidio, dentro del código penal de Quintana Roo (artículo 89 bis), está catalogado como: “comete delito de feminicidio, el que dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de género”.

Las razones de género que explica el código penal son: antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia; el cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; existencia de antecedentes o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso u hostigamiento sexual, o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público; se haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, o haya ejercido actos de trata de personas en agravio de la víctima; existencia de relación sentimental, afectiva o de confianza; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

El principal problema es que
El principal problema es que en México todos los delitos contra mujeres se quieren investigar como feminicidios, lo cual causa que no se sigan los protocolos correspondientes y se trivialice el término, explicó la abogada Leslie (Foto: EFE/ Sáshenka Gutiérrez/Archivo).

La abogada Leslie Jiménez expresó que el caso debe de ser juzgado como homicidio culposo ya que “los policías ejercieron de manera negligente y de manera excesiva el uso de la fuerza. Sí, la detención se dio por una serie de motivos: de carácter sexual, racial y un a serie de estereotipos, incluso de género, pero no se dio porque ellos querían matarla”.

En el caso de Victoria sí hubo odio en la muerte, el odio (como tal) no está tipificado dentro del delito de feminicidio (en el Código Penal de Quintana Roo), como sí lo está en otros códigos penales como el de la Ciudad de México, comentó.

Razón por la cual, en caso de avanzar el caso como feminicidio, la defensa de los policías podría solicitar un amparo para que se cambie la tipificación. Esto podría causar diferentes finalidades y efectos, señaló, en especial porque ya sería juzgado a nivel federal y no local.

El presidente municipal de Tulum,
El presidente municipal de Tulum, Víctor Mas Tah, informó en conferencia de prensa que ya “se inició acción legal por feminicidio sobre los policías” (FB: Víctor Mas Tah)

También explicó que actualmente todos los delitos (donde haya muerte) contra mujeres se investigan como feminicidios, sea este delito o no, lo cual perjudica en los procesos porque se siguen protocolos incorrectos, se retrasa el acceso a la justicia y no hay pronta resolución.

Ante las declaraciones del presidente municipal de Tulum, Víctor Mas Tah, sobre que ya “se inició acción legal por feminicidio sobre los policías”, la abogada expresó que “es negligente y es trivialización del feminicidio”, ya que al investigar todos los delitos de esta forma, se están olvidando otras razones con los que se violenta y que también cruzan a la mujer, como la orientación sexual, por razón de raza, por clase social, por mencionar algunas.

Por último, recomendó que se exija una reforma a los tipos penales en todo el país, también que se permita investigar más allá de la política o de lo que pida la sociedad, ya que los tipos penales deben responder e investigarse correctamente para que el sistema permita acceder a la justicia.

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