El pasado 25 de marzo, el servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Nacional de los Pueblos (INPI) informaron que las personas que habiten en comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos podrán obtener a partir de esta fecha -y por primera vez- su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Diversas comunidades indígenas de Oaxaca y Sonora obtuvieron su RFC, con lo cual contarán con más elementos jurídicos para el ejercicio irrestricto de sus derechos y el cumplimiento de obligaciones. Esto permitirá, entre otras cuestiones, acceso a transferencias de recursos sin intermediarios y la suscripción de convenios económicos y comerciales
Asimismo, el comunicado oficial detalló que estas nuevas implementaciones se daban en el marco de construir una sociedad más equitativa e intercultural, además de que plateaba buscar justicia social y reconocimiento de los derechos para personas indígenas y garantizar su acceso a universal como sujetos de derecho público.
El RFC es una clave compuesta de letras y números el cual ayuda al gobierno mexicano a identificar a las personas que están realizando alguna actividad económica. Es decir, aquellos que estén trabajando deben contar con este registro para que el dinero percibido sea legal ante las autoridades.
Esta clave alfanumérica está compuesta por 13 caracteres para las personas físicas y 12 para las personas morales. Así como en el CURP, los primeros componentes corresponden a las dos primeras letras del apellido paterno, la siguiente es la primera letra del apellido materno y el cuarto es la letra del primer nombre.
Posteriormente continúan seis caracteres conformados por el año de nacimiento, mes y día, para concluir con tres dígitos que son conocidos como la homoclave y es asignada por el SAT.
Cabe señalar que, para obtener el RFC, el trámite se puede realizar en línea, pero posteriormente se tendrá que acudir a las oficinas del SAT para concluirlo (a excepción de las personas que se registren dentro del régimen sin obligaciones fiscales).
Asimismo, el SAT divide a las personas físicas en 5 tipos: asalariados, honorarios, actividades empresariales, de incorporación fiscal y arrendatarios; mientras que entre las morales se encuentran: general y con fines no lucrativos.
Los asalariados son personas que reciben un sueldo y prestaciones, las cuales son pagadas por un empleador; servicios profesionales se refiere a las personas que prestan un servicio a empresas o compañías, pero de forma individual, como es el caso de los freelancers.
En actividades comerciales entra la población que cuenta con una empresa dedicada al comercio, pesca, transportes, agricultura, industrias o servicios; arrendatarios son aquellos que reciben dinero por rentar sus propiedades y a incorporación fiscal pueden registrarse personas que prestan servicios, obtienen ingresos por intereses o están en alguna empresa.
A continuación le decimos todo lo que debe saber para tramitarlo.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
-Todas las personas físicas a partir de los 18 años
¿Qué requisitos se necesitan?
-Sólo debe tenerse a la mano el CURP
¿Qué es lo que debo hacer?
En línea
-Tendrás que ingresar a la página tramitar RFC
-Completar los datos solicitados por el formulario electrónico
-Enviar el trámite al SAT
-Imprimir la hoja previa con el número de folio asignado
En físico
-Tras contar con el documento impreso debes agendar una cita en Solicitud de citas del SAT
-Acudir el día asignado con la documentación y entregársela a la autoridad fiscal
-Recibirás tu solicitud y acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes
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