Cuándo podrían abrir las primeras “tienditas” de cannabis en México

Cabe recordar que solo los mayores de 18 años podrán comprar y consumir el producto bajo ciertas circunstancias

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La Cámara de Diputados aprobó
La Cámara de Diputados aprobó en lo particular la Ley Federal para la Regulación del Cannabis (Foto:Pedro PARDO / AFP)

Luego de que la Cámara de Diputados aprobó en lo particular la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, se ha comenzado a especular la fecha tentativa en que comenzará a ser vendida en “tienditas”.

Según Guillermo Nieto, presidente de la Asociación Nacional de la Industria del Cannabis (ANICANN), la planta podría comenzar a circular de forma legal a partir del próximo año.

“Nosotros creemos que a partir de principios del 2022 ya va a haber un mercado cannábico en México”, señaló Nieto en una entrevista que dio a Ciro Gómez Leyva en su programa de Radio Fórmula.

Aseveró que esa predicción se basa en que todavía falta que la Ley Federal para la Regulación del Cannabis llegue al Pleno del Senado de la República y al Poder Ejecutivo para ser promulgada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Ley aún debe pasar
La Ley aún debe pasar por varios procesos legales para su total aprobación (REUTERS/Athit Perawongmetha)

“Después de ahí, la ley marca que son 90 días para que se comuniquen todas la secretarías y empiecen a crear toda la reglamentación secundaria del marco legal del cannabis en México”, señaló.

<b>¿En dónde podría comprar el cannabis?</b>

Tras pasar todos los ajustes del Gobierno Federal, estima que la planta podría ser vendida en “tienditas”, similares a las de Estados Unidos, es decir, puntos de venta o dispensarios.

Estos locales operarán bajo ciertos controles y solamente podrán vender productos a mayores de edad, igual a como ocurre actualmente en las licorerías.

“No hemos hecho un cálculo de cuánta tienditas habría, porque antes la ley permitía nada más 3 o 4 establecimientos por licencia y ahora con los cambios permite que se puedan abrir los establecimientos que sean necesarios”, apuntó.

Sesión ordinaria semipresencial de la
Sesión ordinaria semipresencial de la Cámara de Diputados en la que se sometió a discusión Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis (Foto: Archivo/Cuartoscuro)

En ese sentido, previó que pudieran abrirse docenas de establecimientos del tipo. Recordó que en la ilegalidad no se puede saber la procedencia de la marihuana, pues “cuando se siembra a escondidas no sabemos si tiene hongos, tiene metales pesados, fertilizantes”, por lo que los consumidores ahora tendrán certeza de que el producto que consumen es seguro en todos los sentidos.

Cabe recordar que el cannabis solamente será vendido en establecimientos autorizados por el órgano del Gobierno regulador que será creado cuando se autorice por completo la citada Ley, esta podría llamarse Comisión Nacional de Adicciones.

Una de las limitantes para su consumo será tener más de 18 años de edad, así como no ingerirla frente a un menor de edad o cualquier otra persona imposibilitada de manifestar su consentimiento libre e informado. Tampoco se podrá usar en el espacio público si una persona mayor de edad no otorgó su consentimiento.

El cannabis solamente será para
El cannabis solamente será para consumo de personas mayores de 18 años (Foto: REUTERS/ Mohamed Azakir/Archivo)

Si una persona desea consumir en su vivienda, deberá efectuar las remodelaciones necesarias, con el objetivo de que el humo no sea inhalado por personas distintas a las consumidoras. Acerca de la posesión, una persona únicamente podrá tener consigo hasta 28 gramos de marihuana y hasta seis plantas de cannabis por persona o máximo ocho en una misma casa.

<b>¿Qué dice la Ley Federal para la Regulación del Cannabis?</b>

Esta Ley recientemente aprobada, consta de 55 artículos, y en ellos establece la regulación de la producción y comercialización del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de libre desarrollo de la personalidad, salud pública y respeto a los derechos humanos.

El dictamen señala que la regulación de los actos conforme a lo dispuesto en la presente Ley y los ordenamientos aplicables son: almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar, portar, tener o poseer; preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender, y adquirir bajo cualquier título.

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