Hoy No Circula en Hidalgo: cómo funcionará el programa con las nuevas modificaciones y cuándo entraron en vigor

La medida será considerada de lunes a sábado en un horario de 5:00 a 22:00 horas

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Solo aplicará en algunos municipios.
Solo aplicará en algunos municipios. (Foto: Cuartoscuro)

Pese a que el estado de Hidalgo se encuentra actualmente en semáforo epidemiológico amarillo (de riesgo medio de contagio), se tomaron algunas medidas para reforzar y evitar mayor número de contagios en la entidad, que a la fechas es de 35,397 casos acumulados.

Ante ello, una de las iniciativas que comenzó operaciones hace aproximadamente algunos meses es el Hoy No Circula sanitario, medida que fue modificada y aplicará solamente en algunos municipios.

De acuerdo con el gobierno del estado, que preside Omar Fayad, se trata de una medida temporal de prevención y control en materia de reducción de movilidad vehicular.

De ese modo, el Hoy No Circula se llevará a cabo solamente en los municipios de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeji del Río de Ocampo, Tizayuca, Tula de Allende y Tulancingo de Bravo.

La medida aplicará en un
La medida aplicará en un horario establecido. (Foto: Cuartoscuro)

Las localidades antes mencionadas estarán sujetas a una reducción conforme al último dígito numérico de su matrícula de lunes a sábado de 5:00 a 22:00 horas, y quedará de la siguiente manera:

*Lunes no circulan automóviles con último dígito de matrícula 5 y 6.

*Martes con terminación 7 y 8.

*Miércoles corresponde a 3 y 4.

*Jueves con último dígito 1 y 2.

*Viernes será para 9 y 0.

Aquellos con terminación de placa el 1, 3, 5, 7 y 9, no circulan los primero, tercero y quinto sábado de cada mes.

Mientras que los autos del 0, 2, 4, 6 y 8, no circulan el segundo y cuarto sábado de cada mes.

Hay que recordar que el estado de Hidalgo es uno de los 20 que se ubica en semáforo sanitario amarillo, al igual que Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guerrero, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Quintana Roo, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

En naranja, de riesgo alto de contagio, se ubican 10 y son: Estado de México, Morelos, Ciudad de México, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tabasco, Oaxaca, Puebla, y Yucatán.

Campeche y Chiapas se mantienen en verde (de bajo contagio), y según autoridades sanitarias ya no hay ninguna entidad en rojo (máximo nivel de contagio).

Es importante destacar que, debido a que no se trata de un programa de corte ambiental, los vehículos con hologramas “0” y “00” también están obligados a cumplir con esta disposición.

Además, también aplicará para vehículos con placas de otras entidades federativas y del extranjero.

Algunos autos sí podrán circular.
Algunos autos sí podrán circular. (Foto: Cuartoscuro)

Sin embargo, también hay excepciones, es decir, algunos otros autos sí podrán seguir con normalidad en la entidad y son:

*Vehículos particulares que trasladan personas que desempeñan actividad esencial o que atiendan alguna emergencia.

*Utilizados en circunstancias urgentes para atender emergencia médica.

*Conducidos o que trasladan a personas con discapacidad.

*Motocicletas.

*Conducidos o que transporten a personal del sector salud en todas sus especialidades, paramédica, administrativa y de apoyo.

*Unidades de apoyo de los programas sociales del gobierno. De la Administración pública federal, estatal o municipal, que presten, supervisen, inspeccionen, vigilen o regulen actividades esenciales.

*Conducidos por personal que atiende temas de impartición de justicia, actividades legislativas, seguridad interna, gobernabilidad y derechos humanos. De las unidades administrativas y personal adscrito a la Procuraduría General de Justicia del Estado, utilizados en ejercicio de sus funciones.

*Autos de servicios de emergencia, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos.

La medida también contempla unidades funerarias, interestatal, federal, que sirvan para actividades esenciales y presten sus servicios a través de permiso, público masivo, arrastre, paquetería, mensajería, así como complementario de empleados (actividades esenciales) y hospitalario.

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