La e.firma o antes llamada firma electrónica (Fiel), sirve para hacer una variedad de trámites sin salir de casa, además tiene la misma validez que una firma autógrafa y para generarla o renovarla se podrá realizar a través del SAT ID.
El SAT ID es una plataforma por medio de la cual se puede llevar a cabo el proceso, para ello, se deberán considerar algunos requisitos, y de acuerdo con la autoridad financiera se podrá solicitar cuando se requiere.
¿Cómo obtenerla?
*El interesado deberá pulsar el botón de requisitos para validar la información requerida en el siguiente enlace. Aquí.
*Luego deberá seleccionar iniciar trámite generación de contraseña y dar click en “comenzar”.
*Tendrá que revisar términos y condiciones y si está de acuerdo en el uso del servicio oprimir siguiente.
*Después le solicitarán su RFC, correo electrónico personal y de manera opcional su número de teléfono móvil.
*Escriba el texto de la imagen del código captcha que aparece en la pantalla.
*Capture el código de confirmación que te fue enviado a los medios de contacto registrados previamente y seleccione continuar.
*Adjunte o capture la foto de su identificación oficial vigente con fotografía, por ambos lados y asegúrese que la imagen sea clara.
*Grabe un video pronunciando la frase que la aplicación indique y asegúrese que el video sea claro y la frase se escuche correctamente.
*Revise la solicitud de generación o actualización de contraseña con los datos que proporcionó, así como las manifestaciones, en caso de estar de acuerdo, seleccione siguiente.
*Firme en el recuadro de manera autógrafa lo más parecido a su identificación oficial, la solicitud de generación o actualización de contraseña a través de la aplicación móvil. Es importante resaltar que la firma deberá ser igual a la de su identificación oficial vigente.
*Conserve la solicitud firmada que el aplicativo desplegará, guarde el número de folio asignado, una vez que el trámite sea revisado recibirá una respuesta en cinco días hábiles posteriores a su solicitud.
*Espere la respuesta del trámite y en caso de ser positiva. Abra la notificación en el medio de contacto que registró.
*De click en la liga proporcionada para la generación o renovación de la contraseña y llene el formulario electrónico.
La autoridad fiscal destacó que la documentación e información proporcionada deberá ser visible y legible, en el caso del video, con buena imagen y audio.
Es importante destacar que en caso de que la autoridad requiera verificar su situación fiscal emitirá el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal”, en cuyo caso deberá presentar información que desvirtué la irregularidad identificada en su situación fiscal o la de su representante, según sea el caso.
Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria informó a los contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal, enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas y aplicaciones informáticas y similares, que cuentan con una fecha límite para habilitar su Buzón Tributario.
Dicha herramienta personalizada, la cual permite, entre otras cosas, realizar trámites y recibir mensajes de interés, tendrá que ser habilitada con base a los dígitos del RFC, es decir, el fisco anunció que aquellos personas que contribuyen al RIF, y el sexto dígito numérico de su RFC es 5, 6, 7 u 8, deberá considerar el día 28 de febrero del presente año como límite para el proceso.
Mientras que aquellos que el sexto dígito de su RFC sea 9 y 0, tendrán de plazo hasta el 31 de marzo de 2021 para realizarlo.
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