Twitter sigue suspendiendo cuentas, pero la propuesta de Monreal tampoco es la solución: afirman expertos

Uno de los casos más recientes es el de Yásnaya Elena Aguilar, quien estuvo dos días sin su cuenta hasta que Twitter México la devolvió sin mayores explicaciones

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Sábado 23 de febrero de
Sábado 23 de febrero de 2019...Como parte de la celebración del Día Internacional de la Lengua Materna 2019, en la Biblioteca de México, se realizó la charla ¿Por qué mueren las lenguas indígenas?, impartió Yásnaya Aguilar, lingüista de la Nación Mixe del COLMIX...Fotografía: Martin Herrera / Secretaría de Cultura Ciudad de México

El martes 16 de febrero la cuenta de Twitter de la lingüista mixe, Yásnaya Elena Aguilar Gil, activista y autora de libros como Ää: manifiestos sobre la diversidad lingüística, fue suspendida por la plataforma sin dar mayores explicaciones a la comunidad de personas que siguen a la activista.

“Le llaman Servidores de la Nación a lo que en otros lados llaman agentes del Estado. Qué obsesión del Estado de querer ser una nación” son las palabras que supuestamente le valieron a la activista la suspensión de su cuenta.

En enero Twitter también trascendió a las páginas de los medios nacionales cuando suspendió varias cuentas de personas relacionadas al Movimiento Regeneración Nacional (Morena) que llevó a Andrés Manuel López Obrador a la presidencia. Antes de que se suspendieran las cuentas, el mandatario acusó a uno de los directivos de Twitter de militar en el Partido Acción Nacional (aunque esto no pudo ser demostrado).

Con motivo de esta controversia, el senador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, publicó en redes sociales una iniciativa de ley para regular a las Redes Sociales. Sin embargo, diversos activistas y defensores de los derechos digitales (mismos que ahora se posicionan en contra de las acciones de Twitter en perjuicio de Yásnaya) acusaron que las reformas propuestas por Monreal amenazaban la libertad de expresión.

¿Qué está mal en la propuesta de Monreal y qué se puede hacer para evitar casos como el de la activista Yásnaya?

Grecia Macías, abogada para la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y Federico Hernández Arroyo, abogado experto en telecomunicaciones para la firma Hogan Lovells, hablaron con Infobae México para responder a estas y otras preguntas.

“Remediar riesgos que son evidentes en la actualidad, como el caso de la suspensión y bloqueo de cuentas, aspecto que resulta una violación directa a la libertad de expresión en el ciberespacio” es parte de la justificación que expone el senador Monreal para su iniciativa de ley, afirma Hernández Arroyo.

Sin embargo, el especialista en el tema, Federico Hernández, quien fue asesor jurídico en la Comisión Federal de Telecomunicaciones, considera que “Legislar en esto es un tema muy delicado, porque, precisamente el tratar de proteger estos derechos puede tener el efecto contrario”.

El peor escenario posible para Federico es “que exista una autoridad o un mecanismo desde el gobierno, el cual decida de manera unilateral y discrecional qué se puede pública, qué no se puede publicar […] y que entonces se vuelva en un ejercicio de control, directo o indirecto, de la agenda pública”. Aunque la propuesta de Monreal no necesariamente devendrá en completo control estatal, el equipo de R3D sí identificó serios problemas y errores que podrían amenazar la libertad de expresión.

Ricardo Monreal (Foto: Especial)
Ricardo Monreal (Foto: Especial)

“La internet no sólo es Facebook, Twitter y YouTube. Es mucho más. Y la regulación que pretende hacer [Monreal] pareciera ser que se está enfocando como si el internet o la web en general fueran sólo esas tres cosas” es una de las críticas que expresa Grecia Macías.

Monreal propone la siguiente definición de “Redes Sociales”: “servicio […] cuya funcionalidad principal es difundir dentro de la plataforma información generada por sus propios usuarios como texto, datos, voz, imágenes, videos, música, sonidos o combinación de las anteriores, con la finalidad de informar, entretener o educar”. Además, anteriormente apunta que esta definición identifica “la actividad en específico que requiere ser regulada”.

R3D critica que la definición propuesta abarca no solamente a redes sociales como Twitter y Facebook, sino también a otras plataformas como Wikipedia o Reddit donde el contenido también es producido por sus usuarios, aunque no son equiparables entre sí ni se les puede aplicar la misma regulación.

A ella le preocupa que la iniciativa se escriba sin conocimientos suficientes sobre el funcionamiento de la World Wide Web (www). Por ejemplo, otra de las críticas de R3D es que la propuesta define a las “redes sociales relevantes” como aquellas con más de 1 millón de usuarios o suscriptores sin especificar siquiera de qué nacionalidad tendrán que ser los usuarios que accedan a dichas plataformas disponibles en todo el mundo.

Estas “redes sociales relevantes”, según la iniciativa, tendrán que someter a autorización del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sus términos y condiciones de servicios para poder operar en territorio mexicano. Esto con el objetivo de que sean garantes de los derechos humanos.

Estos términos y condiciones deberán prever “Que se elimine la difusión de mensajes de odio” y “Que se evite la propagación de noticias falsas” entre otras disposiciones. Además, prohíbe que se ocupen herramientas automatizadas como algoritmos para la suspensión de cuentas.

De no cumplir con alguna de las cuestiones mencionadas, las empresas podrían recibir una multa de hasta 89 millones de pesos (1,000,000 Unidades de Medida y Actualización). Esta medida resulta violatoria del artículo 19.17 del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

En ese documento, los países firmantes se comprometen a no tratar a un “proveedor o usuario de un servicio informático interactivo” (redes sociales, entre otros) como responsable por algún daño relacionado a la información publicada en su plataforma. Además, “Ninguna Parte [país] impondrá responsabilidad a un proveedor o usuario de un servicio informático interactivo a causa de […] cualquier medida adoptada para […] restringir el acceso a material que considere perjudicial u objetable”, como en el caso de la suspensión de la cuenta de Yásnaya.

Esta misma concesión se repite en otros textos legislativos como la Sección 203 de la Communications Decency Act, donde establece que ningún proveedor de servicios informáticos interactivos deberá de tratarse como autor del contenido que un usuario publique en su plataforma.

Grecia explica que esta legislación es importante puesto que “Si tú le dices a las plataformas ‘Oye, tú puedes ser responsable por lo que pongan los usuarios’ lo que van a hacer las plataformas es decir ‘Mira, yo no me quiero meter en pedos legales […] no me voy a arriesgar y voy a ser mucho más estricto y voy a sobre censurar todo lo que pongan en mi plataforma’”. De tal forma que, con tal de evitar una multa como la que propone el senador Monreal, la plataforma podría censurar todo aquello que considere riesgoso, aunque pueda ser contenido válido, como el activismo político.

Tal y como dijo Federico: “precisamente el tratar de proteger estos derechos puede tener el efecto contrario”.

Pero, entonces ¿Qué se puede hacer para evitar casos como el de Yásnaya, donde una activista es censurada por una plataforma luego de publicar críticas al manejo del discurso por parte del gobierno?

Según Grecia Macías, hay dos incentivos por parte de las empresas para moderar contenido y mejorar sus estrategias de moderación: Por un lado la necesidad de mantener fuera contenido que no está protegido por la libertad de expresión, como la pornografía infantil o el contenido sexual distribuido sin consentimiento, discursos de odio, además de el llamado spam que puede llegar a manipular las plataformas.

The suspended Twitter Inc. account
The suspended Twitter Inc. account of U.S. President Donald Trump on a smartphone arranged in Washington, D.C., on Jan. 9, 2021.

Pero también está interés en que los usuarios permanezcan más tiempo en la aplicación para beneficio de las empresas que distribuyen su publicidad a través de redes sociales, además de la obtención de información sobre el comportamiento de sus consumidores.

Grecia opina que es importante “regresar el poder a los usuarios de […] cuestionar a las plataformas” para evitar que intereses privados terminen por censurar contenido válido, como cuando en Facebook e Instagram tira contenido que, por ejemplo, informa sobre la prevención del cáncer de mama por mostrar senos femeninos, o como el caso de Yásnaya y su cuenta de Twitter, por criticar al gobierno.

Con ese objetivo en mente especialistas de la Electronic Frontier Foundation desarrollaron los Principios de Santa Clara para la Transparencia y Rendición de Cuentas en la Moderación de Contenido:

1. Las compañías tendrían que informar del número de publicaciones removidas y cuentas suspendidas temporal o permanentemente debido a violaciones a las pautas de contenido.

2. Las compañías deberían notificar a cada usuario cuyo contenido es eliminado o su cuenta es suspendida de las razones tras la decisión.

3. Las compañías deberían de proveer de una oportunidad significativa de apelación oportuna por la eliminación de contenido o suspensión de la cuenta.

Desde agosto del 2020, Twitter se suscribió a estos principios para la inauguración de su Centro de Transparencia.

Grecia considera que hay dos pasos que el Poder Legislativo podría dar para una regulación en materia de redes sociales: reiterar el principio de no responsabilidad de las plataformas (que ya está en el T-MEC) en la legislación mexicana e integrar a la misma los principios de Santa Clara: transparencia, notificación y oportunidad de apelación.

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