La noche de este miércoles se dio a conocer que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló las medidas cautelares que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE) para que el presidente Andrés Manuel López Obrador no hablara sobre el proceso electoral de 2021 en sus conferencias matutinas o actos públicos.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña informó sobre la revocación del acuerdo a través de redes sociales.
“Se revocó el acuerdo del CG [Comisión de Quejas] del #INE, por el cual dictó #MedidasCautelares inhibitorias respecto de todo #ServidorPúblico, para que se abstuvieran de realizar manifestaciones cuyo contenido puede ser de naturaleza #electoral. Incidente SUP-REP-3/2021 y SUP-REP-20/2021”, escribió de la Mata Pizaña en su cuenta de Twitter.
Tiempo después, a través de un comunicado, el TEPJF determinó que, contrario a lo considerado por el Consejo General del INE, “la emisión de dicho acuerdo no implicó la emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito”.
“En la sentencia se señala que la naturaleza de la medida de no repetición requiere un estudio de fondo que corresponde a la autoridad jurisdiccional, y no a la etapa de la medida cautelar”, se lee en el comunicado.
Cabe señalar que este acuerdo fue aprobado por el INE en enero pasado y, en él se establecía que, tanto AMLO como gobernadores y funcionarios, no se debían pronunciar sobre las elecciones.
La decisión habría sido tomada por el TEPJF en una sesión a puerta cerrada, esto luego de que la Consejería Jurídica de la Presidencia impugnó las restricciones del INE.
El INE, órgano encabezado por Lorenzo Córdova, propuso a principios de año que ni el presidente ni servidores públicos hicieran posicionamientos, expresiones o valoraciones que pudieran ser favorables o adversas respecto a cualquier actor político.
“Han de abstenerse de abordar temas relacionados con el ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos, financiamiento público y acceso a radio y televisión, vida interna de los partidos políticos, nacionales y locales; candidaturas de partidos políticos e independientes [registro, postulación, entre otros]; cargos de elección federal y local; etapas del proceso electoral; frentes coaliciones, fusiones, alianzas nacionales o locales; plataformas electorales, campañas, estrategias electorales de cualquier fuerza política, así como encuestas de intención de voto o preferencias electorales”, se leía en lo aprobado por el INE el pasado 15 de enero.
Días después, el 22 de enero, durante una conferencia matutina, López Obrador declaró que las medidas cautelares del INE eran una “censura abierta”, por lo que interpuso una apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“Sí, ya presentamos un recurso de inconformidad al Tribunal, porque es una censura abierta, descarada, además, es un atentado a la libertad, pero a ver qué resuelve el tribunal, pero quiero que se termine este tema, que el tribunal resuelva sobre qué podemos decir y que no podemos decir”, señaló AMLO desde Palacio Nacional.
“Yo no sé por qué le tienen miedo a la democracia, quién sabe qué estarán pensando, porque si no se infringe la ley, si no se llama a votar, si no se hace propaganda a favor de un partido desde el gobierno, pues no hay ningún impedimento, ningún delito”, añadió.
Tras el inicio de las campañas federales, la transmisión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador no deberán realizarse de manera íntegra en todo el país, esto con el objetivo de que se garantice la equidad en las contiendas, comentó Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE).
Durante el primer Seminario sobre Violencia y Paz del año, organizado por el Colegio de México, Córdova comentó que por criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las llamadas mañaneras son propaganda gubernamental y la Constitución prohíbe su difusión durante las campañas electorales, pues son consideradas “un espacio no sólo de información, sino de promoción de los actos de gobierno”.
“De acuerdo con nuestra legislación electoral, la propaganda electoral se debe interrumpir desde que arrancan las campañas y hasta el final de la jornada”, mencionó Córdova, quien detalló que esta medida deberá iniciar a partir del 4 de abril e incluso antes en algunos estados, pues arrancan sus procesos con anticipación.
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