Ricardo Monreal, el líder de los senadores de Morena, el partido del presidente Andrés Manuel López Obrador, presentó este lunes su esperado proyecto de iniciativa para regular redes sociales, con la intención de recibir comentarios de todos los sectores, incluidos los expertos y los usuarios, antes de presentarla oficialmente en tres semanas.
“Es el momento de legislar, no de rehuir el debate. En tres semanas la presentaré, pero la publico para enriquecerla y mejorarla. Si no es el legislador, que es su función, ¿quién se va a enfrentar al capital? Nunca he sido sumiso al capital. Sin ser su enemigo, se debe regular, podemos coexistir y someternos todos a la ley”, indicó Monreal en un video publicado en redes sociales.
El coordinador del grupo parlamentario de Morena, partido que controla ambas Cámaras del Congreso, indicó que el Estado “debe generar condiciones para proteger la libertad de expresión y el derecho y acceso a la información”. “Un ente privado no puede privarte de tus derechos”, destacó.
Monreal también informó que ya se reunió con los administradores y directivos en México de las redes sociales. “Hemos hecho un compromiso de escucharnos y de intentar mejorar la iniciativa que presentaré. Pero no la abandonaré, no quitaré el dedo del renglón”, concluyó.
La propuesta
Monreal busca con su iniciativa reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de acuerdo con el documento consultado por Infobae México, para dotar de facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones, el regulador autónomo mexicano, de facultades nuevas.
Entre ellas, se encuentra la de ser el “árbitro” de las redes sociales y los usuarios. El IFT deberá en primer lugar registrar y autorizar el uso de redes sociales en el país a aquellas compañías con un millón o más de usuarios o suscriptores, además de ser la instancia a la que los usuarios pueden acudir en caso de que el proceso interno de cada red social no responda a aquellos cuyas cuentas sean eliminadas o suspendidas.
“Esta regulación persigue el propósito de delimitar el ámbito de protección de la presente iniciativa únicamente a aquellos casos que verdaderamente pueden afectar la libertad de expresión en redes sociales que cuentan con una comunidad suficientemente amplia”, precisa el documento publicado por Monreal.
Obligaciones para las compañías de redes sociales
La iniciativa de Monreal también precisa que los términos y condiciones que se sometan a autorización del IFT deberán prever que las limitaciones a la libre expresión sean consistentes con los artículos 6 y 7 constitucionales, así como los tratados internacionales en la materia suscritos por México, la legislación nacional y la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte (SCJN).
Asimismo, deberán “proteger los derechos de los menores de edad”. Por otra parte, deberán eliminar la difusión de mensajes de odio; evitar la propagación de noticias falsas o “fake news”; proteger los datos personales conforme a la legislación de la materia y “las demás de orden e interés público que establezcan los lineamientos dictados por el IFT.
El documento destaca que se dejan a salvo las atribuciones constitucionales y legales del INE (Instituto Nacional Electoral) en materia político electoral, esto, para el efecto de que, como árbitro del proceso electoral, pueda determinar todo lo relacionado con las redes sociales y los sujetos obligados en la materia.
Procedimiento de suspensión y cancelación de cuentas
Uno de los grandes cambios que ofrece la iniciativa de Monreal será el procedimiento abreviado por el cual el IFT atenderá las quejas presentadas por los usuarios que no obtengan una resolución por parte de la red social, o bien, que esta no les sea favorable.
El documento propone dejar a las compañías de redes sociales en primera instancia la posibilidad de que sean los propietarios junto con sus usuarios los que resuelvan cualquier tema relacionado con la suspensión o cancelación de cuentas y eliminación de contenidos.
Además, que, aunque redes sociales como Facebook cuenta con reglas internas en ese sentido, la iniciativa requiere que “dicho procedimiento se regule en ley”, con el fin de que pueda proceder un recurso administrativo o judicial, en su caso, esto con el fin de respetar también el derecho humano de acceso a la justicia de los usuarios.
El procedimiento deberá ser “expedito” y resolverse internamente en un plazo no mayor a las 24 horas. En caso de que el autorizado no resuelva la reclamación en dicho plazo, el usuario podrá acudir al IFT a efecto de interponer la queja correspondiente, que también podrá ser interpuesta por el usuario contra la decisión de la red social cuando niegue el levantamiento de la suspensión o cancelación de la cuenta o eliminación de contenidos.
Para complementar el proceso, la iniciativa establece que podrá proceder el juicio de amparo contra la resolución que emita el IFT en términos de la legislación aplicable.
El documento también detalla que las redes sociales pueden usar algoritmos o tecnologías automatizadas para el efecto de suspender cuentas o eliminar contenidos, pero tendrán prohibido usar algoritmos o tecnologías sistematizadas para cancelar cuentas de manera definitiva.
“Para este caso, se dispone que los autorizados deberán contar con un área especializada en temas relacionados con libertad de expresión y derechos humanos, esto encuentra fundamento en la necesidad de que al tratarse de un derecho humano pilar fundamental de la democracia, las decisiones que recaigan sobre éste deben ser tomadas por personal calificado”, asevera la iniciativa de Monreal.
¿Por qué razones podrán suspender y eliminar cuentas?
La iniciativa de Monreal propone agregar a la ley que la suspensión de cuentas o perfiles, la eliminación de contenidos y la cancelación de cuentas o perfiles serán procedentes únicamente por cuatro causas.
En primer lugar, que se acredite que el mensaje o contenido difundidos, incluidas las noticias falsas, atacan la moral y el orden público, la vida privada y los derechos de terceros, se provoque algún delito o se perturbe el orden público.
En segundo lugar, que se acredite la afectación a los derechos de las y los menores de edad. En tercer lugar, que se acredite la difusión de mensajes de odio. Y, por último, que se revelen datos personales en violación a lo dispuesto por las leyes de la materia.
Las sanciones
En el apartado de multas, se establece un esquema de sanciones en Unidades de Medidas de Actualización (UMAs) vigentes para la Ciudad de México que el IFT determinará si las redes sociales no cumplen con la regulación requerida y por lo tanto violentan la libertad de expresión.
Por lo tanto, las compañías de este tipo podrían pagar desde 1 UMA, es decir, unos 90 pesos mexicanos o USD 5, hasta un millón de UMAs, unos 89,620 millones de pesos, es decir, unos USD 4.5 millones, esto, “atendiendo a la gravedad de la violación al derecho humano de libertad de expresión”.
“Lo anterior, ante la imposibilidad de determinar los ingresos acumulables en términos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las plataformas propietarias de las redes sociales, aunado a que, lo que se pretende con la sanción es que sea disuasoria”, indica el texto.
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