Desde este jueves será obligatorio pasar algunas horas de arresto en “El Torito” para recuperar automóviles que fueron llevados al corralón por conducir en estado de ebriedad, debido a los nuevos cambios del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
La Secretaría de Movilidad (Semovi) y de Seguridad Ciudadana (SSC) capitalinas publicaron las reformas y adiciones al documento, que incluye modificaciones al programa Conduce sin Alcohol, con mayores sanciones a quienes manejen en estado de ebriedad.
A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, las dependencias informaron que este 4 de febrero entró en vigor la nueva norma, la cual indica que los automóviles infractores serán llevados de inmediato al corralón, “sin la posibilidad de que un acompañante pueda llevarse la unidad”.
De tal modo, el vehículo solo será entregado cuando la persona responsable haya cumplido su sanción en el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, mejor conocido como “El Torito”, además de cubrir las multas económicas correspondientes.
¿Cuáles son las penalizaciones?
De acuerdo con las nuevas modificaciones se aplicará
- Arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas
- Reducción de seis de los 10 puntos de la licencia para conducir
Si el infractor no es el propietario del vehículo remitido, y que el conductor no cumpla con la sanción impuesta en los siguientes 30 días transcurridos, el propietario deberá pagar una multa de 5,377 pesos para que el vehículo sea entregado.
¿Qué más cambió en el reglamento?
Además de las condiciones ya mencionadas, a partir de ahora los oficiales de la Secretaría de Seguridad Ciudad podrán hacer revisión documental completa del vehículo, y si fuera el caso, infraccionar al conductor al no portar todos los documentos que se requieren para manejar.
Asimismo, para afianzar la correcta operación, en cada uno de los módulos de alcoholímetro se reforzará la presencia de los elementos policiacos, así como la incorporación de más grúas para los arrastres necesarios.
Entre las nuevas medidas también está una modificación que evitará que los agentes de tránsito incidan en el establecimiento de las sanciones, las cuales deberán hacerse de acuerdo con el tabulador vigente.
Por ejemplo, entre las infracciones están la invasión del paso peatonal, en cual tiene una sanción que va de los 350 a 2,098 pesos, dependiendo de las veces que se haya cometido.
Aunque el monto de las sanciones actuales no aumenta, este cambio deja fuera el criterio de los policías para establecer el monto del pago por las faltas al Reglamento de Tránsito.
Cabe señalar que en el Artículo está establecida la prohibición de conducir con un grado de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro de o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro. Además, tampoco se permite manejar bajo los influjos de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos.
La dependencia capitalina informó que para el Programa Conduce Sin Alcohol se utiliza el equipo “Alcostop”, que permite detectar los niveles de alcohol en el ambiente.
Con este dispositivo, el policía puede cumplir con el protocolo de sana distancia establecido para evitar el contagio de COVID-19 y, dependiendo de los resultados, podrá continuar con la entrevista y la prueba de “alcoholemia” de ser el caso.
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