Un Tribunal federal revocó la decisión de un juez de conceder una suspensión a una persona que buscaba recibir la vacuna contra el COVID-19 en la que además ordenaba al gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador a rehacer su programa nacional de vacunación tomando en cuenta otros aspectos más allá de la edad de las personas.
Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México decidieron por unanimidad revocar el auto recurrido y negar la suspensión provisional a la mujer que interpuso la demanda de amparo, de acuerdo con el fallo consultado por Infobae México.
Con esta decisión, los tribunales federales mexicanos le cerraron la puerta a las suspensiones de plano por parte del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en una serie de amparos solicitados en las últimas semanas por varios quejosos y quejosas para recibir la vacuna contra el COVID-19 antes del plazo anunciado por el gobierno federal.
Las suspensiones otorgadas tenían como efectos para la autoridad responsable, en este caso la administración de López Obrador a través de su Secretaría de Salud (SSa), emitir un programa de vacunación contra el COVID-19 “en el que atienda a cabalidad” el documento “Orientaciones para la planificación de la introducción de la vacuna contra el COVID-19″, elaborado en julio de 2020 por la OMS (Organización Mundial de la Salud).
Una vez realizado este nuevo programa de vacunación, el juez había indicado que se debía aplicar a la quejosa o quejoso la vacuna contra el COVID-19 “en el momento en que le corresponda”. Sin embargo, la resolución del Tribunal Colegiado tumbó este tipo de suspensión.
Los magistrados argumentaron que el plan de vacunación del gobierno de López Obrador definió cuáles son las etapas, el tiempo y quiénes son las primeras personas que tendrán acceso al biológico, tomando en consideración la priorización de grupos poblacionales a vacunar, basados en las características asociadas con un mayor riesgo de contagiarse por COVID-19.
En primer lugar, se encuentran los trabajadores de salud, que atienden directamente a la población que contrajo el coronavirus. En segundo lugar, a los adultos mayores de ochenta años y más, en tercer lugar, a las personas de setenta a setenta y nueve años, y así de manera sucesiva el resto de la población considerando la edad.
“Atento de lo anterior, este tribunal estima que conceder la suspensión contra la negativa de vacunar a la quejosa de forma inmediata, desatendiendo las etapas y esquemas previstos en la política nacional de vacunación, vulnera el interés de la colectividad” y, por ende, no se satisfacen los requisitos previstos en la Ley de Amparo, expresaron en su resolución.
Por lo tanto, destacaron, “resulta improcedente el otorgamiento de la suspensión en los términos solicitados por la quejosa, pues ello se traduciría en una variación en la ejecución de la política nacional de vacunación”, ya que obligaría a la autoridad a que modifique o paralice los esquemas previamente establecidos para vacunar a las personas que acudan al juicio de amparo, como la quejosa.
De igual manera, de otorgar la medida cautelar en los términos solicitados, se afectaría el interés que tiene toda la sociedad de que primero sean vacunados el personal de salud que atienden directamente a la población contagiadas, quienes además corren un peligro inminente y cierto de contraer dicho virus
Además, agregaron los magistrados, “si bien se ha identificado que los adultos mayores y quienes padecen alguna enfermedad crónica se encuentran en situación de vulnerabilidad, contrario a lo afirmado por la quejosa, esa circunstancia no los coloca en una mayor probabilidad de contagio, pues ésta dependerá de qué tanto se está expuesto al virus”. De ahí que los trabajadores de la salud sean quienes presentan mayor riesgo de contagio.
Por último, la autoridad judicial argumentó que las acciones para prevenir y disminuir la transmisión del virus no recae exclusivamente en las autoridades, a través de programas como el relativo a la vacunación de la población, sino también de los gobernados.
“Tienen la responsabilidad de atender las medidas de mitigación al efecto recomendadas, como son, no salir de casa si no es necesario, evitar lugares con aglomeración de personas, utilizar el cubre bocas, medidas de higiene, entre otras”, remarcaron.
Y es que México vive el peor momento de la pandemia, sobre todo en el centro del país, donde la Ciudad de México y el Estado de México han visto sus índices de hospitalización al límite del colapso. Además, en las últimas semanas los contagios y las muertes a nivel nacional han roto los récords de mediados de 2020, cuando se registró la llamada “primera ola”.
Hasta este miércoles, el país acumula casi 1.69 millones de positivos confirmados. Además, suma 144,371 fallecimientos por el COVID-19. En el avance la campaña de vacunación, México superó los 500,000 vacunados.
El gobierno mexicano contempla recibir hasta finales de marzo casi 21.4 millones de dosis de vacunas de Pfizer, CanSino, AstraZeneca y Sputnik V. Para el mismo periodo, planea vacunar a unas 14.1 millones de personas. López Obrador se comprometió a que, para finales de marzo, los adultos mayores hayan recibido el antígeno.
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