Activistas obtuvieron segundo amparo contra decreto de AMLO que mantiene al Ejército en las calles

Una jueza federal determinó que el acuerdo de López Obrador por el que las fuerzas armadas apoyarían en la seguridad pública del país es inconstitucional y sólo el Congreso puede regular su intervención

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Es el segundo amparo que se concede contra el llamado "acuerdo militarista" de AMLO (Foto: Cuartoscuro)
Es el segundo amparo que se concede contra el llamado "acuerdo militarista" de AMLO (Foto: Cuartoscuro)

Una jueza federal del estado de Guanajuato concedió un amparo a un grupo de activistas en contra del decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador para que las Fuerzas Armadas puedan participar en tareas de seguridad pública hasta 2024, cuando finaliza su mandato, en lo que significó otro revés para la administración en los juzgados.

“La Justicia de la Unión ampara y protege (a los siete activistas) contra los actos y autoridades precisados (…)”, expresó Karla María Macías Lovera, Jueza Novena de Distrito de Guanajuato, con residencia en Irapuato, de acuerdo con el fallo consultado por Infobae México.

“Se concede el amparo para el efecto de que una vez que cause ejecutoria este fallo, se desincorpore de su esfera jurídica el Acuerdo declarado inconstitucional por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, añadió la juzgadora federal.

Los efectos del presente amparo vinculan a todas las autoridades a tomar en consideración la inconstitucionalidad del acuerdo reclamado, por lo que las personas quejosas no deben ser expuestas a su aplicación, tanto en el presente como en el futuro
El acuerdo es inconstitucional, de acuerdo con la jueza federal, ya que es el Congreso quien debe legislar sobre la intervención de la fuerza armada en tareas de seguridad pública (Foto: Cuartoscuro)
El acuerdo es inconstitucional, de acuerdo con la jueza federal, ya que es el Congreso quien debe legislar sobre la intervención de la fuerza armada en tareas de seguridad pública (Foto: Cuartoscuro)

Además, como medida adicional a la inaplicación del acuerdo reclamado “y a fin de restablecer a las personas quejosas en el pleno goce del derecho violado”, la jueza federal ordenó entregarles un salvoconducto para que las autoridades encargadas de ejecutar el acuerdo declarado inconstitucional se abstengan de aplicarlo a los activistas.

Este fallo es el segundo de este tipo. En octubre de 2020, la organización civil México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) informó que había ganado el primer juicio de amparo en la Ciudad de México en contra del acuerdo publicado por López Obrador.

“Un juez de distrito confirmó que dicho ordenamiento no cumple con el objetivo de acotar la participación de los militares en tareas policiales, por lo tanto viola la Constitución y los fallos de la Suprema Corte y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, detalló MUCD.

Además, el caso deberá resolverse en el más alto tribunal del país, ya que la Suprema Corte admitió en junio pasado una controversia constitucional interpuesta por el gobierno de Michoacán contra dicho decreto, calificado por los críticos como el “acuerdo militarista”, por lo que en los próximos meses la SCJN podría decidir el destino de una de las políticas más trascendentales del sexenio lopezobradorista.

Qué dice el fallo

La jueza ordenó enviar copias de su fallo a la Cámara de Diputados y al Senado para "aportar argumentos al diálogo constitucional" (Foto: Cuartoscuro)
La jueza ordenó enviar copias de su fallo a la Cámara de Diputados y al Senado para "aportar argumentos al diálogo constitucional" (Foto: Cuartoscuro)

La jueza Macías Lovera explicó en su resolución donde amparó a los activistas que el acuerdo militarista “no establece una justificación suficientemente amplia y razonada acerca de por qué es necesaria la intervención de la milicia”.Tampoco se establecen condiciones o supuestos para que la actuación de la Fuerza Armada permanente disminuya de manera paulatina, en la medida en la que se fortalece la Guardia Nacional”, completó.

“En suma, en el acuerdo reclamado únicamente se enumeran las características que debe reunir la intervención de las fuerzas armadas, pero éstas no se desarrollaron a través de medidas que en la realidad permitieran la regulación y limitación de la actuación de las Fuerzas Armadas, para que éstas no interfieran en el ejercicio de los derechos humanos de los gobernados”, ahondó.

Por último, la juzgadora precisó que el Congreso de la Unión es el órgano facultado para regular la intervención de la fuerza armada permanente en las tareas de seguridad pública, en caso de que se quiera hacer eso, por lo que ordenó enviar copias de su fallo a la Cámara de Diputados y el Senado “para su conocimiento, en aras de aportar argumentos al diálogo constitucional”.

La legisladora opositora Laura Rojas, ex presidenta de la Cámara de Diputados que interpuso la controversia constitucional cuando encabezaba la tribuna de San Lázaro, festejó el fallo este domingo. “El acuerdo que emitió el presidente de la República en marzo de 2020 para desplegar a las FFAA en tareas de seguridad debe cumplir con lo que ordena la Constitución, es todo lo que se pide y otro juez da la razón”, dijo.

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