Luego de que el Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo específico la despenalización y regulación del consumo personal lúdico de la marihuana en todo el país, han surgido algunas cuestiones sobre las actividades que permitirá si se consigue su aprobación también en la Cámara de Diputados y sea publicada en el Diario Oficial de la Nación (DOF) para su entrada en vigor.
¿Qué estará permitido?
El dictamen aprobado expide la Ley General para la Regulación del Cannabis. Los ciudadanos podrán llevar hasta 27 gramos de la planta, de acuerdo con el documento consultado por Infobae México con los últimos cambios.
No deberá ser mayor a 28 gramos y nunca simultánea con otras sustancias ilícitas. No obstante, las autoridades no podrán ordenar investigación o detención por la cantidad antes mencionada. Además, posesión entre 28 y 200 gramos tendrá como castigo multas económicas, y por encima de 200, incluso cárcel.
Además, se establece que cada ciudadano podría tener hasta ocho plantas de cannabis en su casa, las cuales serán para su consumo personal. Las personas que las tengan deberán cumplir con ciertas medidas para no invadir la privacidad de sus vecinos ni de menores de edad.
La iniciativa señala que se podrán crear clubes de consumo recreativo de cannabis. La Secretaría de Salud (SSa) los regulará bajo un registro y funcionamiento a través del nuevo Instituto que se creará, en el que se estima que deberán integrarse por hasta 20 integrantes.
¿Qué se eliminó?
En el nuevo dictamen, obtenido por este medio, se eliminó todo lo relacionado con el uso medicinal, además del uso industrial del cáñamo. En la propuesta de Ley Federal para la Regulación del Cannabis no se habla de “consumo lúdico” ni “recreativo”, sino de “consumo adulto”.
Aunque no será eliminado, proponen que el término “farmacodependiente” sea reformado y en su lugar se ocupe: “consumo” o “consumo problemático”, con la finalidad de dejar de lado conceptos considerados como discriminatorios o estigmatizantes.
En este sentido, también se contempla cambiar el nombre del “Programa Contra la Farmacodependencia” por el de “De los Programas contra el Consumo de Sustancias Psicoactivas”. Además, los problemas relacionados con la salud deberán ser atendidos por las instituciones de salud.
También se propone derogar las penas a quienes se dediquen a las actividades propias del campo como cultivo y cosecha de marihuana. Los senadores que aprobaron el dictamen defendieron estas medidas como una forma de impulsar al sector y ayudar a reactivar la economía mexicana.
¿Cuáles serán las prohibiciones?
Los menores de edad o “personas que no tengan capacidad para comprender la relevancia de la conducta”, no podrán consumir cannabis. Además, no se podrá fumar donde haya personas mayores de edad que no den su consentimiento.
Además, su posesión o consumo no podrá hacerse dentro de centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión, ni tampoco en un radio de 500 metros de los límites de la colindancia de tales inmuebles.
Los centros recreativos y espacios que vendan bebidas alcohólicas también tendrán prohibido vender o suministrar marihuana. Sólo se podrá comercializar en los lugares específicamente definidos para ello y que cuenten con los permisos y regulaciones necesarios.
De tal modo, se considerará de baja prioridad de persecución, las conductas que no lleguen a la violencia física, " por una o más personas armadas o cuando se utilice a una persona menor de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho”.
Aunque se permitirán clubes que podrán tener hasta 20 integrantes, no podrán proveer de cannabis o cualquiera de sus derivados, a personas ajenas al mismo, ni hacer publicidad respecto al mismo.
Además, cada socio no podrá producir más de 480 gramos de marihuana al año; en caso de que tengan un excedente, deberán donarlo a las instituciones correspondientes para fines de investigación científica.
Cabe señalar que será la Secretaría de Salud la encargada de diseñar y operar medidas para prevenir y concientizar a la ciudadanía de los riesgos a la salud que conlleva el consumo de la marihuana. Y también promoverá la atención y rehabilitación de consumidores que deseen dejarlo.
Creará un órgano multidisciplinario encargado de evaluar a quienes usen marihuana para uso personal y hayan sido remitidos por la autoridad, permitiéndoles derecho de audiencia y sancionando las conductas.
Se encargará de otorgar, regular y brindar información sobre las licencias para el control del cultivo, producción , transporte y comercialización de cannabis y productos derivados con fines médicos, científicos, terapéuticos o cosméticos.
Finalmente, establecerá regulaciones para la autorización y el otorgamiento de permisos para el cultivo doméstico de cannabis con propósitos de autoconsumo.
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