Tribunal Electoral planea negarle el registro al PES, el partido con vínculos religiosos aliado de AMLO

De acuerdo con el proyecto que discutirá la Sala Superior, la participación de ministros de culto en el proceso para conformar la organización violenta la separación entre iglesia y estado prevista en la Constitución

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Encuentro Social pasó a conformarse en una nueva organización conocida como Encuentro Solidario tras perder el registro en 2018 (Foto: Cuartoscuro)
Encuentro Social pasó a conformarse en una nueva organización conocida como Encuentro Solidario tras perder el registro en 2018 (Foto: Cuartoscuro)

El Tribunal electoral mexicano propuso que no reciba el registro oficial como organización política el Partido Encuentro Solidario (PES), que con su antiguo nombre (Partido Encuentro Social) ha sido aliado del presidente Andrés Manuel López Obrador y que tiene vínculos religiosos.

El proyecto de Janine Otálora, magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propone dictar sentencia “en el sentido de revocar lisa y llanamente la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) identificada con la clave INE/CG271/2020”, de acuerdo con el documento al que tuvo acceso Infobae México.

El INE, a principios de septiembre, concedió el registro al “nuevo” PES. Ya en aquel momento, la decisión fue controvertida, porque la votación tuvo una mayoría de 6-5 votos, con la negativa del consejero presidente Lorenzo Córdova, quien pidió proteger el estado laico, que en sus palabras está “bajo asedio”.

En las elecciones presidenciales de 2018 que ganó, AMLO fue abanderado de, entre otros, el PES (Foto: Cuartoscuro)
En las elecciones presidenciales de 2018 que ganó, AMLO fue abanderado de, entre otros, el PES (Foto: Cuartoscuro)

La decisión del INE, que reconoció que ministros de culto participaron en diversas asambleas para la conformación del nuevo PES, pero determinó que apenas debía anular esas reuniones y las afiliaciones que se recabaron en lo individual por los representantes religiosos.

“A juicio de este Tribunal Electoral, la violación al principio de laicidad (…) genera una afectación de especial intensidad al proceso de constitución de partidos políticos que no es reparable con la simple anulación de las asambleas en que se acreditó la intervención de dirigentes y personas investidas de una ministratura en asociaciones religiosas”, señala el proyecto de la ministra Otálora consultado por este medio.

Puede identificarse lo erróneo en la conclusión del Consejo General del INE al imponer como sanción únicamente la anulación de las asambleas en que participaron la y los ministros de culto

Además, el proyecto plantea que, al considerar que las diversas violaciones al principio de laicidad por parte de varios ministros de culto son susceptibles de repararse en lo individual, “el Consejo General pasó por alto que la intensidad de dicho daño debe analizarse en atención a la gravedad de la falta que encuentra su prohibición desde el texto constitucional”.

Las asambleas en las que participaron directamente ministros de culto impiden que se les otorgue registro, de acuerdo con el TEPJF (Foto ilustrativa: Rogelio Morales/ Cuartoscuro)
Las asambleas en las que participaron directamente ministros de culto impiden que se les otorgue registro, de acuerdo con el TEPJF (Foto ilustrativa: Rogelio Morales/ Cuartoscuro)

Y es que el apartado E del artículo 129 de la Constitución mexicana es claro. “Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”.

Además, prohíbe estrictamente “la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa". “No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político”, concluye.

La ministra Otálora concluyó en su proyecto que “algunas de las personas identificadas con el carácter de ministras y ministros de culto ejercieron cargos en las asambleas para la constitución del partido político”. “Esto es, ocuparon las posiciones de presidencia y secretaría de varias asambleas, lo que implica un fuerte grado de participación en el proceso para la obtención del registro”, recalcó.

Esta injerencia actualiza la presunción constitucional conforme a la cual la participación de ministraturas de culto en cuestiones políticas afecta la emisión de decisiones libres de quienes participan y apoyan la formación de un partido político nacional
La Sala Superior también planea rechazar el registro de México Libre, el partido del ex presidente Calderón, pero por otras razones (Foto: TEPJF)
La Sala Superior también planea rechazar el registro de México Libre, el partido del ex presidente Calderón, pero por otras razones (Foto: TEPJF)

La gravedad de esta injerencia, destacó la magistrada, es de tal gravedad que “la simple anulación de los actos donde se acreditó su injerencia es insuficiente para depurar el proceso de constitución de un partido político nacional”. “La prohibición prevista en la Constitución y en la ley es absoluta. En consecuencia, la autoridad responsable no debió otorgar el registro a la organización”, finalizó.

El PES, cuando era Encuentro Social, había perdido el registro tras las elecciones de 2018, donde apoyó a López Obrador a la presidencia. La nueva organización, ya con la denominación de Encuentro Solidario, busca participar tan pronto como las elecciones intermedias de 2021.

Además, Infobae México informó este martes que el Tribunal Electoral también prevé negarle el registro a México Libre, el partido político fundado por el ex presidente mexicano Felipe Calderón y su esposa, la ex primera dama, Margarita Zavala, por no haber aclarado correctamente el origen de una porción de los fondos recibidos para conformar la organización.

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