Un juez federal rechazó temporalmente el amparo promovido por la defensa de Alonso Ancira Elizondo, empresario dueño de Altos Hornos de México S.A. (AHMSA), que postulaba que el presidente Andrés Manuel López Obrador promovía una persecución política en su contra.
Este jueves, de acuerdo con una nota de El Sol de México, el juez Gabriel Regis López determinó que el jefe del ejecutivo federal puede emitir declaraciones relacionadas con el caso de AHMSA y Petróleos Mexicanos (Pemex), pues se trata de un caso abierto de lavado de dinero con daño al erario del Estado mexicano y la ciudadanía tiene derecho de obtener información, expresar y publicar libremente ideas y hechos sobre temas de relevancia pública.
“De actuar en sentido contrario, se contravendrían disposiciones de orden público e interés social, puesto que se negaría a la sociedad el acceso gratuito a la información pública respecto de un tema de relevancia e interés público, lo cual es una cuestión de orden público; por lo que los daños y perjuicios que pueden generar a la colectividad al restringir la obtención de información a través de las respuestas emitidas por el Titular del Ejecutivo Federal en la Conferencia de prensa aquí reclamadas o posteriores, es superior al que pudiera resentir la parte quejosa”, se lee en un fragmento del resolutivo rescatado por dicho periódico.
También, el versado en derecho, explicó que las expresiones emitidas por el mandatario nacional no son vinculantes ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) ni para ninguna otra autoridad, pues no está dentro de las facultades del ejecutivo dar seguimiento ni determinación a casos judiciales.
No resulta procedente la suspensión para el efecto de que emita una manifestación pública en la que reconozca abiertamente que el quejoso es inocente a la fecha de cualquier delito que se le impute, hasta que no exista una sentencia definitiva que lo condene como penalmente responsable del mismo, pues no se trata de la autoridad competente para emitir una determinación en los términos solicitados, ni puede ser considerado como una efecto inmediato ni relacionado con los actos reclamados
Cabe recordar que el pasado 11 de septiembre el periodista Raymundo Riva Palacio, en su columna de El Financiero, publicó que el empresario demandó al mandatario mexicano en los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, por “haber violado sus derechos al transgredir 10 artículos constitucionales y uno más de la Convención Americana de Derechos Humanos”, y exigió que se pronuncie el Poder Judicial sobre las conferencias mañaneras.
En el fragmento de la demanda, publicado por el comunicador, se refiere que “el poder que detenta el Presidente de la República tiene un alcance de enorme magnitud y las declaraciones que ha realizado implican un amedrentamiento a los Juzgadores nacionales [...] Con sus manifestaciones se menoscaba seriamente la posibilidad de que el principio de independencia judicial tenga operatividad y eficacia”.
No obstante, la determinación del juez contradice la primera estimación de la defensa del empresario y determinó, temporalmente, que este recurso no procede.
Mientras tanto, el caso de presunto lavado de dinero en detrimento de las finanzas de Pemex, cuando era dirigida por Emilio Lozoya en el sexenio peñanietista, en el que se ve involucrado el empresario continuará su proceso con apego a derecho y el político tabasqueño podrá seguir emitiendo deliberaciones al respecto conforme las autoridades correspondientes hagan de carácter público avances de las investigaciones.
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