Las sentencias judiciales mediante las cuales los jueces en México ponen punto final a un caso serán públicas en su totalidad a más tardar en 6 meses, en un país en el que hasta ahora el 96.9% de estas resoluciones quedaban como un secreto.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este jueves el decreto mediante el cual se reformó el artículo 73 de la Ley general de transparencia y acceso a la información pública.
Con la reforma aprobada en junio pasado por el Congreso, los poderes judiciales de las 32 entidades de México deberán divulgar las versiones públicas de todas las sentencias emitidas.
“Estamos reduciendo los márgenes de opacidad (...) los ciudadanos podrán conocer las razones y los argumentos que hay en las sentencias”, dijo el senador Clemente Castañeda Hoeflich de Movimiento Ciudadano, citado en un comunicado.
Castañeda Hoeflich presentó la reforma a la ley junto con la organización civil Equis: Justicia para las mujeres y el colectivo #lojustoesquesepas, integrado por México evalúa, Borde político, Artículo 19, Mexicanos contra la corrupción y la impunidad, Controla tu gobierno y Fundar centro de análisis e investigación.
Antes de la reforma, la ley establecía que sólo las sentencias de “interés público” debían hacerse públicas, lo que dejaba ocultos los argumentos y razones de las autoridades para tomar sus decisiones.
Casi la totalidad de esas sentencias quedaban en la opacidad pues el 96.9% de los poderes judiciales de México consideran que no eran de interés público, de acuerdo el ranking de opacidad del Poder Judicial elaborado por la organización feminista Equis.
Las sentencias son la forma mediante la cual la autoridad judicial pronuncia sus resoluciones sobre un caso y de manera definitiva poner fin al proceso.
Equis encontró que todos los poderes judiciales de México están reprobados en justicia abierta, es decir, en la publicación de sentencias, participación ciudadana, presupuesto para unidades de transparencia.
Ninguno de los 32 poderes alcanzó el puntaje de 50% de cumplimiento.
Yucatán fue el poder judicial mejor evaluado con apenas 47.5 puntos, y los más opacos fueron los de Aguascalientes, Morelos, Puebla y Estado de México. La Ciudad de México se ubicó en el sitio 12 con 27.5 puntos.
Y es que entre los poderes judiciales del país no hay un criterio homogéneo para definir qué es el “interés público”.
Que las sentencias no se hagan públicas en su totalidad es una barrera para los ciudadanos, consideró Equis.
Esa opacidad representa un problema más grave para las mujeres pues en muchas de las decisiones se discrimina y no se favorece la inclusión.
“Ella es responsable de los actos cometidos por su pareja”, es un ejemplo de las frases que se encuentran en las sentencias que han sido publicadas.
Ese es un ejemplo de una sentencia discriminatoria y sin perspectiva de género y derechos humanos, lo cual limita la detección de posibles arbitrariedades, de acuerdo con la organización Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, que promovió esta reforma a la ley.
Contar con acceso a todas las sentencias permitiría que los ciudadanos vigilen las decisiones de los juzgadores y evalúen su trabajo, para identificar ciertos patrones de indicios de corrupción, añadió.
Los poderes judiciales de México tendrán 180 días (6 meses) a partir de la publicación de este decreto en el DOF para hacer públicas las sentencias.
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