La pensión para el retiro es un tema que preocupa a muchos mexicanos cuando inician su vida laboral, pues muchos desconocen los requisitos y pasos a seguir para poder obtenerla; e incluso, otros ni siquiera la tienen.
Se trata de una prestación económica que reciben los trabajadores asalariados del país, con el propósito de protegerlo ante una eventualidad.
En México las pensiones están básicamente divididas en dos: las de miembros del Gobierno y los que trabajaron en el sector privado toda su vida; es decir, con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) e Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente.
Conforme a lo establecido en el IMSS, existe una gama de pensiones: por vejez y por cesantía en edad avanzada, por riesgo de trabajo, por invalidez, por viudez y por orfandad. Aquí te las explicamos y te traemos el enlace al que debes acceder para comenzar tu trámite ante la institución.
Los que comenzaron a trabajar antes del 1 de julio de 1997 para alguna empresa privadas se rigen con la Ley del IMSS 1973. Y, para los más jóvenes, quienes empezaron a laborar después del 1 de julio de 1997 aplica el esquema de las administradoras de fondos para el retiro (Afore).
El porcentaje de pensiones según la edad funciona de la siguiente manera:
- Pensionarte a los 60 años – recibes 75% de pensión
- Pensionarte a los 61 años – recibes 80% de pensión
- Pensionarte a los 62 años – recibes 85% de pensión
- Pensionarte a los 63 años – recibes 90% de pensión
- Pensionarte a los 64 años – recibes 95% de pensión
- Pensionarte a los 65 años – recibes 100% de pensión
Es una prestación importante ya que de esto depende la calidad de vida que tendremos al terminar la vida laboral, por ello son importantes las aportaciones que realiza el Estado a nuestra Afore, y estar al pendiente de que vaya aumentando.
En ésta, se aplica cuando el trabajador ha tenido un accidente o enfermedades relacionadas con su trabajo, esta asegura tener un ingreso económico en caso de que lo imposibilite parcial o totalmente para desempeñar sus labores.
Se podrá acceder cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.
Esta pensión se otorga a la respectiva pareja (esposo, esposa, concubina o concubinario) en caso de que el asegurado fallezca.
Sólo a falta de pareja, podrá solicitar la pensión la mujer u hombre con quien el pensionado o pensionada vivió durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
Esta pensión se otorga a cada uno de los hijos menores de 16 años en caso de que el trabajados haya fallecido. Se tienen que acreditar 150 semanas cotizadas o haber recibido una pensión por riesgo de trabajo o invalidez.
El sistema de pensiones es un beneficio al que tienen derecho todos los trabajadores afiliados al IMSS, por ello es importante realizar ahorros voluntarios siempre que se pueda para incrementar el monto a recibir para asegurar una vejez sin preocupaciones.
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