SAT: estas son las causales para cancelar sellos digitales a “factureras”

Uno de los casos aplicará cuando no se localice al contribuyente al realizar una visita domiciliaria

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El SAT tomó la decisión
El SAT tomó la decisión de incrementar en 10% el número de causales para cancelar los sellos a las compañías. (Foto: Cuartoscuro)

Nuevas trabas es con lo que las empresas se presentarán, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT), amplió el número de razones para cancelar los sellos digitales, lo que frenará la operación de las compañías.

Si la autoridad tributaria cancela dichos sellos digitales, entonces las empresas se presentan con limitaciones para operar, ya que no pueden facturar.

En ese sentido, el SAT tomó la decisión de incrementar en 10% el número de causales para cancelar los sellos a las compañías, luego de pasar de 200 a 220.

Y es que con ellos, el contribuyente podrá sellar digitalmente la cadena original de las facturas que emita; así se garantiza el origen de la misma, la unicidad y las demás características que se heredan de los certificados de firma electrónica avanzada (integridad, no repudio y autenticidad).

La cancelación de los sellos
La cancelación de los sellos también se puede presentar al no declarar. (Foto: Cuartoscuro)

Cuáles son los casos en los que se podría llegar a la cancelación de los sellos.

*Al no realizar la declaración anual un mes después a la fecha en que estaba obligado a hacerlo. Actualmente, se permite la omisión de tres o más declaraciones.

*Cuando no se presenten declaraciones provisionales o definitivas cuando no se presenten dos o más consecutivas. La ley actual permite tres o más consecutivas y seis no consecutivas.

*En caso de que no se localice al contribuyente al aplicar una visita domiciliaria, revisión electrónica o en su caso, auditoría. 

*Además de cambiar de domicilio y no avisar al SAT de dicho procedimiento.

*Cuando las compañías que deducen operaciones simuladas no acrediten la procedencia de los bienes o servicios, ni cambien su situación fiscal. 

*También, si los datos en el buzón tributario que proporcionó el contribuyente son incorrectos 

*Que el empresario no cuente con los activos para prestar servicios o no cuente con el personal suficiente para producir o prestar servicios.

El SAT puede facturar un
El SAT puede facturar un negocio. (Foto: cuartoscuro)

Aimismo, el fisco tendrá la facultad de clausurar un negocios cuando detecte que los ingresos declarados no concuerdan con los de sus facturas emitidas.

Pedro Raúl Lara García, socio director del despacho legal PRL & Asociados -miembro de la firma internacional Geneva Group International-, declaró para el diario Reforma que estas acciones tienen como prioridad combatir a las factureras.

Aunque, Lara García, destacó que en esta lucha también se considerará a empresas que operan en la legalidad, pero no tienen la capacidad administrativa de estar cuidando las nuevas causales, sobre todo las más pequeñas.

El pasado martes 23 de junio, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer cómo operan las empresas que cometen fraude y quiénes son aquellos que recibirán un aviso para que regularicen su situación por emisión de facturas falsas ante la autoridad fiscal.

De acuerdo con el SAT, se ubicaron 43 empresas factureras, que se ven involucradas en la defraudación ante el fisco por un monto aproximado de 55,125 millones de pesos durante el sexenio del ex presidente Enrique Peña Nieto.

El hecho forma parte del primer paquete de denuncias, el cual analizó a empresas que facturaron 93,000 millones de pesos en el 2017 a través de operaciones simuladas, es decir, que nunca se realizaron (facturas ficticias).

Cabe destacar que una empresa facturera es aquella que realiza operaciones inexistentes; sin embargo, hay personas que no saben que son utilizados contra su voluntad para realizar un fraude en beneficio de la compañía.

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