Un Tribunal federal revocó la decisión de un juez que había denegado detener el aumento en las tarifas que pagan empresas de energías limpias para hacer uso de la red de transmisión de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y concedió la suspensión provisional a una compañía que se había inconformado.
“Se concede la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa, para el efecto de que no le se imponga el cobro de las tarifas derivadas de la Resolución RES/893/2020 y el aviso de CFE”, indicó en un fallo consultado por Infobae México del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en todo el país.
Sin embargo, sí deberá pagar las tarifas derivadas que le corresponden a la compañía Eólica el Retiro, S.A.P.I. de C.V. sin considerar el aumento que decretó la CFE y que fueron aprobados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Además, el Tribunal, que resolvió por unanimidad de votos el caso, precisó que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, “están obligadas a cumplir con la suspensión provisional otorgada, aún en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables” y, para no generar un vacío normativo durante la aplicación de la medida cautelar, deberán aplicar las disposiciones vigentes hasta antes de los aumentos.
Sin embargo, la suspensión provisional de los aumentos sólo aplicará si la empresa que consiguió la medida cautelar, en un plazo de cinco días, otorga una garantía, en en cualquiera de las formas permitidas por la ley por una cantidad equivalente, a la diferencia entre las tarifas antes de los aumentos y las tarifas previstas con el decreto de la CFE.
El fallo contravino la decisión que había tomado un juez del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, que había argumentado que la resolución y la determinación de cargos cuestionadas tienen una serie de finalidades y objetivos regulatorios que se verían truncados en caso de que se concediera la suspensión”.
Con estos “se busca garantizar que el servicio público de transmisión se preste en buenas condiciones, así como fomentar la competencia en el sector de la industria eléctrica”, detalló el juez. Sin embargo, el Tribunal mencionó que “carece de mayor información que le permita conocer el impacto preciso que la falta de ejecución de las nuevas tarifas puede ocasionar en el funcionamiento del sistema eléctrico”.
En cambio puede entender que lógicamente el incremento de un insumo en las proporciones indicadas representa para cualquier empresa una variación relevante para su operación regular, ya sea que absorba el incremento con la consecuente afectación de sus rendimientos o que los traslade a sus precios
Los incrementos en los precios, argumentaron, sobre todo con aumentos tan altos, calculados hasta en un 900% de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), “tienen un impacto inflacionario no solo en el costo de la generación de energía, sino también en todos los bienes o productos finales e intermedios con los que se encuentren relacionadas” las centrales eléctricas de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable.
Estos incrementos, advirtieron, no los absorberán los titulares de dichos contratos, sino que los trasladarán a los usuarios finales de cada bien o producto con que se encuentren relacionados. “Este efecto inflacionario abrupto podría ocasionar una serie de consecuencias que trasciendan no solo a dichos titulares, como la inviabilidad de proyectos, la falta de capacidad para competir en sus mercados”, detallaron.
Además, indicaron que otro efecto de este incremento “abrupto” y no progresivo en los cargos por el servicio de transmisión eléctrica podría ser que los interesados en ingresar al sector eléctrico para generar electricidad con fuentes de energías limpias ya no lo hagan o que los que se encuentran operándolo abandonen sus proyectos, “lo cual es preferible evitar para cumplir con la transición al uso de tecnologías y combustibles más limpios”.
Todo lo anterior, en opinión de este tribunal, podría significar un retroceso en el avance que el Estado mexicano debe perseguir en materia de transición hacia la energía renovable y en el cumplimiento de sus compromisos internacionales relacionados con la protección al medio ambiente
Y es que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha abierto un frente en el sector energético en los últimos meses, sobre todo a través del Cenace (Centro Nacional de Control de Energía) y la Secretaría de Energía (Sener), que publicaron acuerdos para bloquear la llegada de empresas de energías renovables al mercado eléctrico mexicano, además de los aumentos de la CFE, calificados por sus críticos como “electrolinazos”.
La actual administración busca fortalecer a sus empresas productivas, Pemex (Petróleos Mexicanos) y CFE, pero las compañías privadas han respondido con una lluvia de amparos, muchos de los cuales han surtido efectos en distintos niveles. Ahora, el único triunfo de la administración de López Obrador ha sido nulificada con el fallo del Tribunal.
Sin embargo, el golpe más duro para la actual administración se lo dio la Suprema Corte, que suspendió de manera temporal un decreto que limitaba la entrada de energías limpias al mercado eléctrico mexicano. Una nueva suspensión del máximo Tribunal mexicano se dio a conocer esta semana, esta vez para el estado de Tamaulipas.
Las suspensiones se mantendrá hasta que el máximo Tribunal de México se pronuncie sobre la controversia constitucional interpuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que consideró afecta de “manera grave” la estructura económica de la industria.
Estos decretos del gobierno de López Obrador generaron también cierta inquietud en el exterior. Tanto la embajada de Canadá en México, como la Unión Europea, alertaron sobre los riesgos en las inversiones extranjeras en el sector de las energías renovables.
MÁS SOBRE ESTE TEMA