Este jueves 18 de junio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se crea la comisión de Amnistía, responsable de analizar los casos propuestos por el Ejecutivo en que proceda la liberación anticipada de los responsables de delitos menores.
Dicha instancia, creada para vigilar que se cumpla la Ley de Amnistía, tendrá un plazo de hasta cuatro meses para resolver una petición de libertad, no obstante, su decisión tendrá que pasar por la aprobación de un juez federal, quien dará el veredicto final.
“Resolver las solicitudes de amnistía que se le presenten y someter su decisión a la calificación de la autoridad jurisdiccional que corresponda, en un plazo no mayor a cuatro meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.”, se lee en el artículo sexto de dicho acuerdo.
Es decir, se trata de un organismo ante el cual se presentarán las solicitudes de los reos que deseen acceder a este beneficio; se encargará tramitar el procedimiento y considerar si es viable enviarlo a un juez federal para que este la resuelva.
El documento detalla que la comisión está conformada por los titulares de las siguientes dependencias: la Secretaría de Gobernación (Segob), quien la presidirá, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y la Secretaría de Bienestar. Así como, del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI).
Segob tendrá voto de calidad en caso de empate entre los miembros de la nueva instancia y, a su vez, informará de los expedientes analizados al Congreso de la Unión y al Presidente de la República.
La ley de Amnistía fue publicada en el DOF el pasado 22 de abril, bajo el argumento que ayudaría a despresurizar los penales ante la contingencia sanitaria por COVID-19, y contempla liberar a personas que hayan sido procesadas en el fuero federal por delitos contra la salud, como portación de drogas, aborto y robo simple y sin violencia ni armas de fuego. También abarca a los presos políticos e indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete.
Aunado a esto, la persona que preside la comisión, cuando lo considere necesario y para contribuir a un mejor empleo en sus obligaciones, podrá invitar a sus sesiones “a representantes de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Las personas invitadas solo tendrán voz en la sesión a la que concurran.”, establece el acuerdo.
Para dar cumplimiento a su objeto, le corresponderá a la comisión coordinar los actos en el ámbito administrativo, emitir el procedimiento para la recepción y trámite de las solicitudes de amnistía, entre otras responsabilidades.
Asimismo, en el documento oficial se señala que la instancia contará con una Secretaría Técnica, cuyo titular será designado por la persona que presida la comisión y acudirá a las sesiones sólo con voz.
Dicho órgano deberá convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias que acuerde con el presidente de la comisión, hacer llegar el anuncio de las reuniones los miembros de la instancia, dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los acuerdos resueltos, auxiliar al presidente de la comisión en el desarrollo de las sesiones, entre otros.
Dado que los integrantes de esta comisión ejercerán su cargo a título honorífico, no recibirán ningún tipo de compensación económica adicional y están obligados a sesionar por primera vez máximo tres días después de su entrada en vigor.
Por su cuenta, la organización Así Legal, la cual tiene como bandera la defensa de los derechos humanos de personas privadas de su libertad en situación de vulnerabilidad, celebró el acuerdo señalando que se trataba del “primer paso para lograr materializar la justicia para mujeres, personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, así como personas en situación de vulnerabilidad bajo diversos contextos”, expresó en su cuenta de Twitter.
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